Texto de la norma
Res. No.247-97 que aprueba el contrato suscrito el Estado Dominicano y el seiior
Manuel de Jesiis Florentino, sobre la venta de una porci6n de terreno en‘los Cerros
de Arroyo Hondo, Distrito Nacional.
(G. 0.
No. 9968, del 30 de noviembre de 1997).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Rephblica
Res. No. 247-97
VISTO el Inciso 19 del Art. 37 de la Constituci6n de la RepBblica.
VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 27 de enero de 1992, entre el
ESTADO DOMINICANO y el sefior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F.
RES U E L V E:
UNIC0.- APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 27 de enero de
1992, entre el ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de
una parte; y de la otra parte, el sefior MANUEL DE JESUS FLORENTINO, por medio de
la cud el primer0 traspasa al segundo, a titulo de venta, una porci6n de terreno con &ea de
543.99 metros cuadrados, demo de la parcela No. 38-parte, del Distrito Catastral N0.4, del
Distrito Nacional (solar No. 16 de la manzana “S), ubicado en el sector Los Cerros de
Arroyo Hondo, de esta ciudad, valorado por la suma de RD$21,759.60; que copiado a la
letra dice ask
CONTRATO NO. 277
ENTRE:
EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Secretario de Estado. Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO
RINCON MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario pdblico de este
domicilio y residencia, provisto de la Ctdula de Identificacih Personal No. [cédula] I , serie
49, sello hibil, quien actda en virtud de las disposiciones contenidas en el poder de fecha 22
de junio de 1987, expedido por el Poder Ejecutivo que lo faculta para el otorgamiento del
presente documento, de una parte; y de la otra parte, el seiior MANUEL DE JESUS
FLORENTINO F., dominicano, mayor de edad, casado, militar del E. N., provisto de la
Ckdula de Identificaci6n Personal No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], se ha convenido y pactado el
siguiente:
CONTRATO:
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha
indicado m k arriba, VENDE, CEDE y TRANSFIERE, con todas las garantias de derecho,
libre de cargas y gravimenes, en favor del seiior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F.,
quien acepta el inmueble que se describe a continuaci6n.
“Una porci6n de terreno con &ea de 543.99 metros cuadrados, dentro de la
parcela No. 38-parte, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional,
(solar No. 16 de la Manzana “S”), ubicada en el sector Los Cerros de Arroyo
Hondo, de esta ciudad, con 10s siguientes linderos: A1 Norte. solar No. 17; a1
Este, solares Ndms. 1 1 y 12; al Sur, solar No. 15; y al Oeste, calle La
Paloma”.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente
venta, ha sido por la suma de RD$21,759.60 (VEINTIUN MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE PESOS CON 60/100), pagada en su totalidad, segh consta en
10s recibos S/N y 2904, de fechas 4 de junio de 1987 y 28 de enero de 1992, expedidos por
la Administraci6n General de Bienes Nacionales, por lo que el ESTADO DOMINICANO
otorga en favor del seiior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F., formal recibo de
descargo y finiquito en forma legal por el precio integro de la presente venta.
TERCERO: El comprador se compromete a iniciar la construcci6n del solar
objeto del presente acto, respetando las reglamentaciones urbanisticas del sector en un plazo
no mayor de dos (2) aiios a partir de la firma del presente acto.
CUARTO: La violacidn del articulo anterior conlleva la rescisidn de pleno
derecho del presente acto.
QUINTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad
sobre el inmueble indicado en este contrato, en virtud del Certificado Titulo No. 16213,
expedido a su favor por el Registrador de Titulos del Distrito Nacional.
SEXTO: Queda establecido que el presente contrato debera ser sometido al
Congreso Nacional para fines de aprobacibn, en vista de que el inmueble a que el mismo se
contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS
ORO), de conformidad con lo dispuesto por el Art. 55, Inciso 10, de la Constituc~on de la
Repiiblica.
SEPTMO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato
y para lo no previsto en el mismo, se remiten a1 derecho comiin.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para
cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de enero del aiio mil novecientos
noventa y dos (1992).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ
Secretario de Estado
Administrador General de Bienes Nacionales.
MANUEL DE JESUS FLORENTINO F.,
COMPRADOR.
Yo, DR. TOMAS PEREZ CRUZ, Abogado-Notario Wblico de 10s ndmero
para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firma que anteceden, puesta en
mi presencia por 10s seiiores DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ Y MANUEL DE
JESUS FLORENTINO E, son las mismas que acostumbran usar en todos sus actos, tanto
piiblicos como privados. En la ciudad de Santo Domingo. Distrito Nacional, capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s ventisiete (27) dias del mes de enero del aiio mil novecientos
noventa y dos (1992).
DR. TOMAS PEREZ CRUZ,
Abogado-Notario Wblico.
1406667
RD$6.cc)
40 15349
RD$0.25
.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmb, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s
trece ( 13) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiios 154 de la
Independencia y 134 de la Restauraci6n.
Amable Aristy Castro,
Presidente.
Enrique Pujals,
Secretario
Rafael Octavio Silverio,
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la C b a r a de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, al primer (ler.) dia del mes de octubre del aiio mil novecientos
noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauraci6n.
Hkctor Rafael Peguero MBndez
Presidente
Leonel L. Vittini Sbchez,
Secretario Ad-Hoc.
Nkstor Orlando Mazara brenzo,
Secretario
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Repirblica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constituci6n de la Reptiblica.
PROMULGO la presente Resoluci6n y mando que sea publicada en la
Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s veintid6s (22) &as del mes de noviembre del aiio mil
novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauraci6n.
Leonel Fernhdez
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