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Resolución

Resolución 247-97

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO EL ESTADO DOMINICANO Y EL SEÑOR MANUEL DE JESUS FLORENTINO, SOBRE LA VENTA DE UNA PORCION DE TERRENO EN LOS CERROS DE ARROYO HONDO, DISTRITO NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 nov de 1997fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9968Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
MANUEL DE JESUS FLORENTINO (persona)
Monto
RD$21,760 · en el texto: «RD$21,759.60»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Res. No.247-97 que aprueba el contrato suscrito el Estado Dominicano y el seiior Manuel de Jesiis Florentino, sobre la venta de una porci6n de terreno en‘los Cerros de Arroyo Hondo, Distrito Nacional. (G. 0. No. 9968, del 30 de noviembre de 1997). EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Rephblica Res. No. 247-97 VISTO el Inciso 19 del Art. 37 de la Constituci6n de la RepBblica. VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 27 de enero de 1992, entre el ESTADO DOMINICANO y el sefior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F. RES U E L V E: UNIC0.- APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 27 de enero de 1992, entre el ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de una parte; y de la otra parte, el sefior MANUEL DE JESUS FLORENTINO, por medio de la cud el primer0 traspasa al segundo, a titulo de venta, una porci6n de terreno con &ea de 543.99 metros cuadrados, demo de la parcela No. 38-parte, del Distrito Catastral N0.4, del Distrito Nacional (solar No. 16 de la manzana “S), ubicado en el sector Los Cerros de Arroyo Hondo, de esta ciudad, valorado por la suma de RD$21,759.60; que copiado a la letra dice ask CONTRATO NO. 277 ENTRE: EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el Secretario de Estado. Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario pdblico de este domicilio y residencia, provisto de la Ctdula de Identificacih Personal No. [cédula] I , serie 49, sello hibil, quien actda en virtud de las disposiciones contenidas en el poder de fecha 22 de junio de 1987, expedido por el Poder Ejecutivo que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte; y de la otra parte, el seiior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F., dominicano, mayor de edad, casado, militar del E. N., provisto de la Ckdula de Identificaci6n Personal No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], se ha convenido y pactado el siguiente: CONTRATO: PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha indicado m k arriba, VENDE, CEDE y TRANSFIERE, con todas las garantias de derecho, libre de cargas y gravimenes, en favor del seiior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F., quien acepta el inmueble que se describe a continuaci6n. “Una porci6n de terreno con &ea de 543.99 metros cuadrados, dentro de la parcela No. 38-parte, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, (solar No. 16 de la Manzana “S”), ubicada en el sector Los Cerros de Arroyo Hondo, de esta ciudad, con 10s siguientes linderos: A1 Norte. solar No. 17; a1 Este, solares Ndms. 1 1 y 12; al Sur, solar No. 15; y al Oeste, calle La Paloma”. SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido por la suma de RD$21,759.60 (VEINTIUN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS CON 60/100), pagada en su totalidad, segh consta en 10s recibos S/N y 2904, de fechas 4 de junio de 1987 y 28 de enero de 1992, expedidos por la Administraci6n General de Bienes Nacionales, por lo que el ESTADO DOMINICANO otorga en favor del seiior MANUEL DE JESUS FLORENTINO F., formal recibo de descargo y finiquito en forma legal por el precio integro de la presente venta. TERCERO: El comprador se compromete a iniciar la construcci6n del solar objeto del presente acto, respetando las reglamentaciones urbanisticas del sector en un plazo no mayor de dos (2) aiios a partir de la firma del presente acto. CUARTO: La violacidn del articulo anterior conlleva la rescisidn de pleno derecho del presente acto. QUINTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble indicado en este contrato, en virtud del Certificado Titulo No. 16213, expedido a su favor por el Registrador de Titulos del Distrito Nacional. SEXTO: Queda establecido que el presente contrato debera ser sometido al Congreso Nacional para fines de aprobacibn, en vista de que el inmueble a que el mismo se contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS ORO), de conformidad con lo dispuesto por el Art. 55, Inciso 10, de la Constituc~on de la Repiiblica. SEPTMO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo, se remiten a1 derecho comiin. HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la Repdblica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de enero del aiio mil novecientos noventa y dos (1992). POR EL ESTADO DOMINICANO: DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ Secretario de Estado Administrador General de Bienes Nacionales. MANUEL DE JESUS FLORENTINO F., COMPRADOR. Yo, DR. TOMAS PEREZ CRUZ, Abogado-Notario Wblico de 10s ndmero para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firma que anteceden, puesta en mi presencia por 10s seiiores DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ Y MANUEL DE JESUS FLORENTINO E, son las mismas que acostumbran usar en todos sus actos, tanto piiblicos como privados. En la ciudad de Santo Domingo. Distrito Nacional, capital de la Repdblica Dominicana, a 10s ventisiete (27) dias del mes de enero del aiio mil novecientos noventa y dos (1992). DR. TOMAS PEREZ CRUZ, Abogado-Notario Wblico. 1406667 RD$6.cc) 40 15349 RD$0.25 . DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmb, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s trece ( 13) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiios 154 de la Independencia y 134 de la Restauraci6n. Amable Aristy Castro, Presidente. Enrique Pujals, Secretario Rafael Octavio Silverio, Secretario DADA en la Sala de Sesiones de la C b a r a de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, al primer (ler.) dia del mes de octubre del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauraci6n. Hkctor Rafael Peguero MBndez Presidente Leonel L. Vittini Sbchez, Secretario Ad-Hoc. Nkstor Orlando Mazara brenzo, Secretario LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Repirblica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la Reptiblica. PROMULGO la presente Resoluci6n y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s veintid6s (22) &as del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauraci6n. Leonel Fernhdez

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona