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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 148-97

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LOS SEÑORES RAFAEL S. RUIZ Y/O DULCE MARIA BILLINI DE RUIZ, SOBRE LA VENTA DE UNA PORCION DE TERRENO EN EL DISTRITO NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jul de 1997fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9959Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
SEÑORES RAFAEL S. RUIZ Y/O DULCE MARIA BILLINI DE RUIZ
Monto
RD$34,849 · en el texto: «RD$34,848.80»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Amable Aristy Castro Presidente Enrique Pujals Secretario Rafael Octavio Silverio Secretario LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández Res No. 148-97 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y los señores Rafael S. Ruiz y/o Dulce María Billini de Ruiz, sobre la venta de una porción de terreno en el Distrito Nacional. (G. O. No. 9959, del 15 de julio de 1997). EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 148-97 VISTO el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO el contrato de venta, suscrito en fecha 6 de febrero de 1990, entre el Estado Dominicano y los señores RAFAEL S. RUIZ y/o DULCE MARIA BILLINI CABRAL DE RUIZ. RESUELVE: UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 6 de febrero de 1990, entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, Capitán de Navío, M. de G., CAMILO ANTONIO NAZIR TEJADA, y los señores RAFAEL S. RUIZ Y/O DULCE MARIA BILLINI CABRAL DE RUIZ, por medio del cual el primero traspasa a título de venta al segundo una porción de terreno con área de 846.22 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.38-Parte, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, (Solar No.14 de la manzana Y), ubicada en el sector Los Cerros de Arroyo Hondo, de esta ciudad, valorada en la suma de RD$34,848.80. que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona