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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 184

QUE APRUEBA EL ACUERDO DE PRESTAMO NO. 517-T-045 Y SUS ANEXOS, PARA REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES II, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DOMINICANA Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, A TRAVES DE LA AGENCIA INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AID)

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 dic de 1983fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9628Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de los Estados Unidos de América (otro Estado)
Monto
US$2.9 millones · en el texto: «US$2,850,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No.184, que aprueba el Acuerdo de Préstamo No.517-T-045 y sus Anexos, para Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II, suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID). G. O. No. 9628, del 31 de diciembre de 1983 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 184 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Acuerdo de Préstamo No. 517-T-045 y sus Anexos para Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II, suscrito en fecha 30 de junio de 1983, entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América; RESUELVE: UNICO: APROBAR el Acuerdo de Préstamo No. 517-T-045 y sus Anexos para Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II, suscrito en fecha 30 de junio de 1983, entre el Gobierno de la República Dominicana, representado por el Secreta- rio de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, Ing. Pedro Delgado Malagón y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando a través de la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID), representado por el Director Misión USAID en la República Dominicana, señor Philip R. Schwab, mediante dicho Acuerdo, la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID) conviene en prestar al Gobierno Dominicano, una suma que no excederá de dos millones ochocientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US$2,850,000.00), estipulándose que el prestatario deberá a su vez aportar como contrapartida, recursos que no serán menores al equivalente de un millón ochocientos sesentiséis mil dólares estadounidenses (US$1,866,000.00). La suma prestada será destinada al financiamiento de un programa cuyos propósitos comprenden: a) aumentar y fortalecer la capacidad institucional de la Dirección General de Caminos Vecinales (DGCV) para rehabilitar y dar mantenimiento a caminos vecinales; b) ayudar al desarrollo del sector privado a través de la rehabilitación de caminos por parte de firmas contratistas privadas; c) fortalecer la capacidad institucional de organizaciones privadas a través de una relación directa con la DGCV en la construcción de senderos para animales de carga; y d) proveer la asistencia técnica necesaria para lograr los objetivos del proyecto. El Gobierno Dominicano pagará a la A.I.D. el principal del préstamo dentro de un término de veinticinco (25) años a partir de la fecha del primer desembolso, en treinta y un (31) pagos semestrales aproximadamente iguales que incluirán principal e intereses. La primera amortización del principal será pagadera nueve años y medio (9 1/2) después de la fecha en que venza el primer pago de intereses. Estos intereses serán calculados a razón de dos por ciento (2%) anual por diez (10) años a partir de la fecha del primer desembolso, y de ahí en adelante a razón de tres por ciento (3%) anual sobre el balance pendiente del principal y sobre cualquier interés vencido y no saldado. Los intereses sobre saldos pendientes se acumularán a partir de la fecha de cada desembolso respectivo y serán pagaderos semestralmente. El primer pago de intereses vencerá y será pagadero a más tardar seis (6) meses después del primer desembolso, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona