Texto de la norma
Res. No. 460-98 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominican0 y el
seiior Victor Ant. Calder6n Martinez, sobre la venta de una porci6n de terreno en El
Ducado, Distrito Nacional.
(G. 0.10002, del 15 de septiembre de 1998).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repliblica
Res. No. 460-98
VISTO el Inciso 19 del Art. 37 de la ConstituciQ de la Repbblica.
VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 2 de agosto de 1994, entre el
ESTADO DOMINICANO y el seiior VICTOR ANT. CALDERON MARTINEZ.
R E S UELVE:
UNIC0.- APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 2 de agosto de
1994, entre el ESTADO DOMINICANO, representado en este acto por el Administrador
General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de una parte; y de
la otra parte, el sefior VICTOR ANT. CALDERON MARTINEZ, mediante el cual el
primero traspasa a1 segundo, a titulo de venta, una porci6n de terreno con &rea de 424.59
metros cuadrados, dentro de la parcela No. 108-A-12, del Distrito Catastral No.4, del
Distrito Nacional, (solar No. 17, de la manzana “A”) ubicada en el sector El Ducado, de
esta ciudad, valorada en la suma de RD$106,147.50; el cual copiado a la letra dice ask
ENTRE:
CONTRATO No. 002097
EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por
el Secretario de Estado, Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO
RINCON MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario pbblico, de este
domicilio y residencia, provisto de la CCdula de Identificaci6n Personal No. [cédula] 1 [cédula], sello hAbil, quien actba en virtud de I? disposiciones contenidas en el poder de fecha 6
de junio de 1988, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del
presente documento, de una parte; y de la otra parte, el seiior VICTOR ANTONIO
CALDERON MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, domiciliado y residente
en [domicilio omitido], portador de la CCdula de
Identificacih Personal No. [cédula], se ha convenido y pactado el siguiente:
CONTRATO
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha
indicado mAs arriba. VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantias de derecho,
libre de cargas y gravtimenes, en favor del seiior VICTOR ANTONIO CALDERQN
MARTINEZ, quien acepta el inmueble que se describe a continuacibn:
“Una porcibn de terreno con &ea de 424.59 metros
cuadrados, dentro de la parcela No. 108-A-12, del Distrito
Catastral No. 4, del Distrito Nacional, (solar No. 17 de la
manzana “A”), ubicada en el sector El Ducado, de esta
ciudad, con 10s siguientes linderos: AI Norte, solares Nos.
15 y 16; al Sur, solar No. 18; al Este, CUI-D’ Sac; y al
Oeste, solares Nos. 5 y 6.”
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre Ias partes para la presente
venta, ha sido por la suma de RD$106,147.50 (CIENTO SEIS MIL CIENTO CUARENTA
Y SIETE PESOS CON 50/100), o sea, a razbn de RD$250.00 el metro cuadrado, pagadero
de la siguiente forma: la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS ORO) como
inicial, pagada seg6n consta en el recibo No.10543 de fecha 18 dias del mes de agosto de
1994, expedido por la Administracibn General de Bienes Nacionales, por lo que el
ESTADO DOMINICANO otorga en favor del seiior VICTOR ANTONIO CALDERON
MARTINEZ, formal recibo de descargo y carta de pago forma legal; y el resto, o sea, la
cantidad de RD$86,147.50 (OCHENTISEIS MIL CIENTO CUARENTISIETE PESOS
CON 50/100) en 36 mensualidades consecutivas de RD$2,392.98 (DOS MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS CON 98/100) cada una y una rnensualidad de
RD$2,393.20 (DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS CON 20/100).
TERCERO: EL COMPRADOR se comprornete a iniciar la construccih
del solar objeto del presente contrato, respetando las reglamentaciones urbanisticas del
sector en un plazo no mayor de un (1) aiio a partir de la firma del presente acto.
CUARTO: La violacibn del articulo anterior conlleva la rescisibn de pleno
derecho del presente contrato.
QUINTO: Queda expresamente establecido entre las partes, que el inrnueble
objeto del presente contrato quedari gravado con un privilegio del VENDEDOR no pagado
en favor del ESTADO DOMINICANO por la surna de RD$86,147.50 (OCHENTISEIS
MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE PESOS CON 50/100), de conformidad con lo
dispuesto por el Art. 2103 del C6digo Civil.
En consecuencia, el seiior VICTOR
ANTONIO CALDERON MARTINEZ, autoriza y requiere del Registrador de Titulos del
Distrito Nacional, la inscripcibn del referido privilegio.
SEXTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad
sobre el inmueble indicado en este contrato en virtud del Certificado de Titulo
N6m.7028799, expedido a su favor por el Registrador de Titulos del Distrito Nacional.
SEPTIMO: Queda establecido que el presente contrato deberti ser sometido
a1 Congreso Nacional para fines de aprobacibn, en vista de que el inmueble a que el misrno
se contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 55, Inciso 10 de la Constitución de la República.
OCTAVO: Las partes aceptan todas las estipulaciones de este contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho común.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro (1994).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, Secretario de Estado, Administrador General de Bienes Nacionales
VICTOR ANT. CALDERON MARTINEZ, Comprador
Yo, DR. FELIX ENRIQUE TORRES PASCUAL, Abogado-Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden, puestas en mi presencia por el DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ y el señor VICTOR ANT. CALDERON MARTINEZ, son las mismas que acostumbran usar en todos sus actos, tanto públicos como privados. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro (1994).
DR. FELIX ENRIQUE TORRES PASCUAL, Abogado-Notario Público.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Amable Aristy Castro Presidente
LEBNELFERNANDEZ
BPesldente de Is Wepdblles Bomlnlesnr
En ejewiale de la ateibueleneer que me aenfien el Artfeulo 55 de la
Cenertitueien de la Repdbliea.
Leone1 Fernand%%
Wee, No, 461.98
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