Texto de la norma
Res. No. 111-98 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la
seiiora Maritza Torres de 10s Santos, sobre la venta de una porcidn de terreno en Los
Cerros de Arroyo Hondo, Distrito Nacional.
(G. 0.9980, del 15 de abril de 1998).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la RepGblica
Res. No.111-98
VISTO el Inciso 19 del Articulo 37 de la Constituci6n de la Repliblica.
VISTO el contrato de venta de inmueble suscrito entre el Estado
Dominicano y la sefiora MARFZA TORRES DE LOS SANTOS, en fecha 27 de junio de
1990.
R E S U E L V E :
UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 27 de junio de
1990, entre el Estado Dominicano, debidarnente representado en este acto por el seAor
Carnilo Antonio Nazir Tejada, Capitin de Navio, M. de G., Administrador General de
Bienes Nacionales, de una parte; y de la otra parte la seiiora MARlTZA TORRES DE LOS
SANTOS, mediante el cual el primer0 traspasa a la segunda, a titulo de venta, una porci6n
de terreno con irea de 507.53 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.38-parte, del
Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, (Solar Nlim.10 de la Manzana “T”), ubicada
en el sector Los Cerros de Arroyo Hondo, de esta ciudad, valorada en la suma de
RD$35,527.10, que copiado a la letra dice as?
ENTRE:
CONTRATO No.3497
EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, Capitin de Navio de la M. de G., CAMILO
ANTONIO NAZIR TEJADA, dominicano, mayor de edad, soltero, funcionario pliblico, de
este domicilio y residencia, provisto de la Ctdula de Identificaci6n Personal Nlim.[cédula], sello hibil, quien actlia en virtud de las disposiciones contenidas en el poder de
fecha 6 de junio de 1988, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el
otorgamiento del presente documento, de una parte; y de la otra parte la sefiora MARFZA
TORRES DE LOS SANTOS, dominicana, mayor de edad, soltera, Mtdico Militar E.N.,
provista de la Ctdula de Identificaci6n Personal Nlim.[cédula], domiciliada y
residente en [domicilio omitido], se ha
convenido y pactado el siguiente:
C O N T R A T O :
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha
i ndicado mis arriba, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantias de derecho,
lihre de cargas y gravimenes, en favor de la seiiora MARITZA TORRES DE LOS
SANTOS. quien acepta el inmueble que se describe a continuaci6n.
“Una porcidn de terreno con i e a de 507.53 metros cuadrados, dentro de la
Parcela Ndm.38-Parte, del Distrito Catastral Ndm.4, del Distrito Nacional,
(Solar Ndm.10 de la Manzana “T”), ubicada en el sector Los Cerros de
Arroyo Hondo, de esta ciudad con 10s siguientes Linderos: AI Norte, Solares
Nbm. 1 1 y calle Jayaco, A1 Este, Solar Ndm. 15, AI Sur, Solares Nbms. 9 y 16
y AI Oeste, Solar Ndm. 9 y calle Jayaco.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente
wnta, ha sido por la suma de RD$35,527.10 (TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
VEINTISIETE PESOS OR0 CON 10/100), o sea, a raz6n de RD$70.00 el metro cuadrado,
pngadero en la siguiente forma: la suma de RD$10,658.13 (DIEZ MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO PESOS OR0 CON 13/100), como inicial, pagada s e g h consta en
el recibo Ndm.260 de fecha 28 de junio de 1990, expedido por la Administracibn General
de Bienes Nacionales, por lo que el ESTADO DOMINICANO otorga en favor de la seiiora
MARITZA TORRES DE LOS SANTOS, formal recibo de descargo y carta de pago en
forma legal, y el resto o sea, la cantidad de RD$24,868.97 (VEJNTICUATRO MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON 97/100) en 23 mensualidades
consecutivas de RD$1,036.20 (MIL TREINTA Y SEIS PESOS OR0 CON 20/100) cada
ma y una mensualidad de RD$1,036.37 (MIL TREINTA Y SEIS PESOS OR0 CON
371 100).
TERCERO: EL COMPRADOR se compromete iniciar la construcci6n del
solar objeto del presente acto, respetando las reglamentaciones urbanisticas del sector en un
plazo no mayor de dos (2) atios a partir de la firma del presente acto.
CUARTO: La violacidn del articulo anterior conlleva la rescisibn de pleno
derecho del presente acto.
QUINTO: Queda expresamente convenido entre las partes que el inmueble
ob.jeto del presente contrato quedari gravado con un privilegio del VENDEDOR no pagado
en favor del ESTADO DOMINICANO por la suma de RD$24,868.97 (VEINTICUATRO
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON 97/100), de conformidad con lo
dispuesto por el Articulo 2103 del C6digo Civil. En consecuencia la seiiora MARITZA
TORRES DE LOS SANTOS, autoriza y requiere del Registrador de Titulos del Distrito
Nacional la inscripcidn del referido privilegio.
SEXTO: EL ESTADO DOMINICANO, justifica su derecho de propiedad
sobre el inmueble indicado en este contrato, en virtud del Certificado Titulo Nlim. 162 13.
cxpedido a su favor por el Registrador de Titulos del Distrito Nacional.
SEPTIMO: Queda establecido que el presente contrato deberi ser sometido
aI Congreso Nacional, para fines de aprobacibn, en vista de que el inmueble a que el mismo
he contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS
ORO), de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 55, Inciso 10 de la Constitucion e la
Republica.
OCTAVO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato
y para lo no previsto en el mismo se remiten a1 derecho comlin.
HECHO Y FIRMADO EN DOS (2) originales de un mismo tenor, uno para
cada una de las partes contratantes. En Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s veintisiete dias del mes de junio del aiio mil
novecientos noventa (1990).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
CAMILO ANTONIO NAZIR TEJADA,
Capitin de Navio de 1a.M. de G.
Administrador General de Bienes Nacionales.
DRA. MARITZA TORRES DE LOS SANTOS,
COMPRADOR.
YO, DR. TOMAS PEREZ CRUZ, Abogado-Notario Pliblico de 10s del Nlimero para el
Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden puestas en mi
presencia por 10s seiiores, Capitin de Navio de la M. de G. CAMILO ANTONIO NAZIR
TEJADA y la seiiora MARITZA TORRES DE LOS SANTOS, son las mismas que
acostumbran usar en todos 10s actos de sus vidas, tanto pliblicos como privados. En Santo
Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s
veintisiete (27) dias del mes de junio del aiio mil novecientos noventa (1990).
DR. TOMAS PEREZ CRUZ,
Abogado - Notario - Ptlb1ico.-
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmfin, Distrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s
veinticinco (25) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos noventa y cinco, aiio I52 de
la Independencia y 132 de la Restauraci6n.
Amable Aristy Castro
Presidente
Enrique Pujals
Secretario
Rafael Octavio Silverio
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cfimara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo. de Guzmkn, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s tres (3) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa y mho, aiio 155 de la Independencia y 135 de la RestauracMn.
HCctor Rafael Peguero MCndez
Presidente
Sarah Emilia Paulino de Solis,
Secretaria
NCstor Orlando Mazara Lorenzo,
Secretario
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la RepGblica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constituci6n de la Rep~blica.
PROMULGO la presente Resoluci6n y mando que sea publicada en la
Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de abril del aiio mil novecientos
noventa y ocho, aiio 155 de la Independencia y 135 de la Restauraci6n.
Leone1 Fernandez
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