Texto de la norma
Res. No. 48-98 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y el seiior
Ramon Angel Veras, sobre la venta de una porci6n de terreno en Los Cerros de
Arroyo Hondo, Distrito Nacional.
(G. 0.9975, del 20 de febrero de 1998).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 48-98
VISTO el Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucih de la Repbblica.
VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 8 de enero de 1991, entre el
Estado Dominicano y el seiior RAMON ANGEL VERAS.
R E S U E L VE:
UNIC0.- APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 8 de enero de
1991, entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el
Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ, de
una parte; y de la otra parte, el seiior RAMON ANGEL VERAS, por medio del cual el
primer0 traspasa a la segundo, a titulo de venta, una porci6n de terreno con kea de 796. I6
metros cuadrados, dentro de la parcela No. 38-parte, del Distrito Catastral No. 4, del
Distrito Nacional, ubicada en el sector Los Cerros de Arroyo Hondo, de esta ciudad,
valorada en la suma de RD$31,846.40 , que copiado a la letra dice ask
ENTRE:
CONTRATO No. 0203
El ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el
Secretario de Estado, Administrador General de Bienes Nacionales, DR. RODOLFO
RINCON MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario p\iblico, de este
domicilio y residencia, provisto de la CCdula de Identificacih Personal Nbm. [cédula] [cédula], sello h6bi1, quien actda en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder de fecha 22
de junio de 1987, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del
presente documento, de una parte; y de la otra parte el seiior RAMON ANGEL VERAS,
dominicano, mayor de edad, casado, mCdico - militar, domiciliado y residente en [domicilio omitido], provisto de la CCdula de Identificacih
Personal Nbm. 1 [cédula]era., se ha convenido y pactado el siguiente:
C O N T R A T O :
PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha
indicado mis arriba, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantias de derecho,
libre de cargas y gravamenes, en favor del seiior DR. RAMON ANGEL VERAS, quien
acepta el inmueble que se describe a continuacibn: Una porci6n de terreno con &rea de
796. I6 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.38-Parte, del Distrito Catastral Nljm.4,
del Distrito Nacional, (Solar Nbm.3 de la Manzana “X’), ubicada en el sector Los Cerros de
Arroyo Hondo, de esta ciudad, con 10s siguientes linderos: AI Norte, Calle Pil6n; a1 Este,
Solar Ndm.4; a1 Sur, Solar Nbm.5; y a1 Oeste, Solar Nbm.2.
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente
venta ha sido por la suma de RD$31,846.40 (TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y SEIS PESOS OR0 CON 40/100), o sea, a raz6n de RD$40.00 el metro
cuadrado, pagada en su totalidad, seglin consta en 10s Recibos Nbms.73 y 4302 de fechas 2 1
de octubre de 1987 y 8 de enero de 1991, expedidos por la Administracidn General de
Bienes Nacionales, por lo que el ESTADO DOMINICANO otorga en favor del seiior DR.
RAMON ANGEL VERAS, formal recibo de descargo y finiquito en forma legal por el
precio integro de la presente venta, descrita en este acto.
TERCERO: EL COMPRADOR se compromete a iniciar la construcci6n del
solar objeto del presente acto, respetando las reglamentaciones urbanisticas del sector en un
plazo no mayor de dos (2) aiios a partir de la firma del presente acto.
CUARTO: La violaci6n del articulo anterior conlleva la rescisi6n de pleno
derecho del presente acto.
QUINTO: El presente contrato sustituye en todas sus partes, a1 contrato de
venta Nbm.212, de fecha 25 de enero/1988, debidamente legalizado, por el DR. RAFAEL
ALCIDES CAMEJO H., Abogado Notario Publico, por haber presentado exceso del solar
en cuesti6n respecto a1 Brea originalmente adquirida.
SEXTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad
sobre el inmueble indicado en este contrato, en virtud del Certificado de Titulo No. 162 13
expedido a su favor por el Registrador de Titulos del Distrito Nacional.
SEPTIMO: Queda establec’ido que el presente contrato deberi ser sometido
al Congreso Nacional, para fines de aprobacibn, en vista de que el inmueble a que el mismo
se contrae tiene un valor que excede de la suma de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS
ORO) de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 55, Inciso 10 de la Constituci6n de
la Republica.
OCTAVO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato
y para lo no previsto en el mismo se remiten a1 derecho comdn.
HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un rnisrno tenor, uno para
cada una de las partes contratantes. En Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de enero del aiio mil
novecientos noventa y uno (1991).
POR EL ESTADO DOMINICANO:
DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ
Secretario de Estado
Administrador General de Bienes Nacionales.
DR. RAMON ANGEL VERAS,
COMPRADOR.
YO, DR. TOMAS PEREZ CRUZ, Abogado Notario Pdblico de 10s del
N6mero para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: que las firmas que anteceden
puestas en mi presencia por 10s seiiores: DR. RODOLFO RINCON MARTINEZ y el DR.
RAMON ANGEL VERAS, son las mismas que acostumbran usar en todos sus actos, tanto
pliblicos como privados. En Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Repliblica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de enero del aiio mil novecientos
iioventa y uno (1991).
DR. TOMAS PEREZ CRUZ
Abogado Notario Pdblico.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s
veinticinco (25) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos noventicinco, aiio I52 de la
Independencia y 132 de la Restauracibn.
Amable Aristy Castro
Presidente
Enrique Pujals
Secretario
Rafael Octavio Silverio
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la CAmara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo' de Guzmiin, Distrito Nacional, Capital de la
Rcpliblica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos
noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauracibn.
Htctor Rafael Peguero MCndez
Presidente
Sarah Emilia Paulino de Solis,
Secretaria.
NCstor Orlando Mazara Lorenzo,
Secretario.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de )as atribuciones que me confiere e. Articulo 55 de la
Constitucidn de la Repliblica.
PROMULGO la presente Resoluci6n y mando que sea publicada en la
Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s diecisCis (16) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos
noventa y ocho, afio 154 de la Independencia y 135 de la Restauracih.
Leone1 Fernandez
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