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Resolución

Resolución 558

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL ING. OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 jun de 1982fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9587Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ (persona)
Monto
RD$34,000 · en el texto: «RD$34,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Res. No. 558, que aprueba el Contnto suscrito entre el Estrdo Dominimno y d Ing. Oscar Federico Lmarche CNZ. c 6.0. No. 9587, del 30 de junio de 1982 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repidolica NUMERO: 558 VISTO: El Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucibn de la Repdblica ; VISTO: El Contrato de Venta suscrito entre el Estado Domi- de nicano y el Ing. Oscar Federico Lamarche Cruz, en fecha del 1978; R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por la Administradora General de Bienes Nacionales, LIC. MARIANA BINET MIESES, y el ING. OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ, por medio del cual la Primera traspasa a el Segundo a ti- tulo de Venta el Apartamiento locales oficinas marcado con el No. 2-1-A, 2-1-B, 2-1C, del edificio “G”, ubicado en el proyec- to situado en la Prolongaci6n de la Avenida 27 de Febrero de esta ciudad, por la suma de RD$34,000.00; que copiado a la le- tra dice asi: ENTRE: EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por la Administradora General de Bienes Nacionales, LIC. MARIANA BINET MIESES, dominicana, mayor de edad, soltera, funcionaria publica de este domicilio y residencia, portadora de la cddula de identificacion personal No. [cédula], sello habil, provista del Carnet del Registro Electoral No. 1251 114, quien actua en virtud de las disposiciones conteni- das en el Poder de fecha 2 de Agosto de 1978, expedido por el Poder Ejecutivo, que la faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte; y de la otra parte, el ING. OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado con la señora Martha Lagomarrini, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], Registro Electoral No. 314559, se ha convenido y pactado el siguiente: CONTRATO: PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, por órgano de su representante, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en favor del ING. OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ, quien acepta, el inmueble que se describe a continuación: El Apartamento locales oficinas, marcado con el No. 2-1-A, 2-1-B, 2-1-C, del edificio "G", construído de blocks y concreto, ubicado en el proyecto situado en la Prolongación de la Avenida 27 de Febrero de esta ciudad. SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido por la suma de RD$34,000.00 (Treinta y Cuatro Mil Pesos Oro), la cual será pagada por el comprador en la siguiente forma: la suma de RD$9,000.00 (Nueve Mil Pesos Oro), como pago inicial, pagada por el comprador según cheque certificado No. 152, expedido por el Banco de Boston Dominicano, S. A., en favor del Colector de Rentas Internas, y el resto ó sea la suma de , en mensualidades consecutivas de RD$50.00 (CINCUENTA PESOS ORO) cada local, hasta la total cancelación de la deuda. TERCERO: El inmueble objeto del presente contrato será destinado a Locales de Oficinas, en un plazo no mayor de 60 días. La falta de cumplimiento de la presente cláusula dará motivo a la rescisión de este contrato por parte del Estado Dominicano. CUARTO: La falta de pago de tres (3) mensualidades consecutivas, hará perder al deudor el beneficio del término acordado. QUINTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto del presente contrato, en virtud del Certificado de Título No. , expedido en su favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. SEXTO: Queda expresamente establecido entre las partes que el presente contrato debe ser sometido al Congreso Nacional, para su aprobación en vista de que el inmueble a que el mismo se contrae tiene un valor que excede de RD$20,000.00, en virtud de las disposiciones del Art. 55, Inciso 10 de la Constitución de la República. SEPTIMO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO en dos originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los días del mes de , del año mil novecientos setentiocho (1978). POR EL ESTADO DOMINICANO: LIC. MARIANA BINET MIESES, Administradora General de Bienes Nacionales ING. OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ, Comprador YO, DR. JUAN ELPIDIO M. CONTRERAS, Abogado Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que ante mí comparecieron los señores LIC. MARIANA BINET MIESES y OSCAR FEDERICO LAMARCHE CRUZ, de generales y calidades que constan, personas a quienes doy fé conocer y me han declarado bajo la fé del juramento ser esas las firmas que acostumbran usar en todos sus actos tanto públicos como privados de todo lo que doy fé y crédito. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los días del mes de del año mil novecientos setentiocho (1978). DR. JUAN ELPIDIO MONCION CONTRERAS, Abogado-Notario DADA en la Sala de Sesiones de la Gmara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmdn, Distrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, al pri- mer dia del mes de diciembre del af~o mil novecientos ochenta y uno; a o s 1380. de la Independencia y 1190. de la Restaura- ci6n. (Fdos.): Hatuey De Camps, Presidente; Juan A. Medina Vibquez, Secretario; Jod A. Ledesma G., Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmdn, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s nueve dias del mes de junio del aiio mil novecientos ochenta y dcs; afios 1390. de la Independencia y 1190. de la Restauracion. Helvio A. Rodriguez, Presidente % . Felipe Segundo Parra Pagin, Secretario Luz Haydee Rivas de Carrasco, Secretaria , ANTONIO GUZMAN Presidente de la Repltblica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucih de la Republica; PROMULGO la presente Resolucion, y mando que sea publi- cada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmdn, Distrito Nacional, Capital de b Republica Dominicana, a 10s veinticinco (25) dias del mes de junio del afio mil novecientos ochenta y dos; afios 1390. de la Independencia y 1190. de la Restauracion. k ANTONIO GUZl'i'IAN

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