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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 620

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SR. FREDDY ROJAS ORTIZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 may de 1977fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9438Gaceta Oficial del 1 ene de 1977
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
FREDDY ROJAS ORTIZ (persona)
Monto
RD$20,600 · en el texto: «RD$20,600.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
l+cduei6a NO 680, que aprueba el Coiitriito suscixo entre el Enai 3 Dominieano y el SI-. I iecTdy Rojas Ortiz. (6. 0. NO 9438, d,e! 25 de junin de 1977) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Rep~blca NUMERO 620 VISTO el fnclto 19 de1 Articc;:~ 3‘7 de la Cmistituci6n ! a Repcblica; IJK’ICO: A?’iiO&\it et :;oiLtra~o suscru eii iecha 30 de . p a nied o del cual el Estado Uominicano, reprl’- seiit:tdo poi c htiniinistraciuu Geiieral de Bienes Nacionales, .\gron. Kazae; 11. ~ X J Y ~ S , traspasa a titulo de venta en favor del selior Freddy Rojas O ~ i i z , una porci6n de terreno con Area. de 600.00 melros cuadiaclos, d.=ntro de la Parcela Nv 181--Pte., del ilistrito Catastraj 3 9 2, del Distrito Nacional, (Solar NQ 1, mail- zana “J”, del i’ ai11: I’auticu-ar de lit Urbariizac on lletaid6 111, :J sus rricjoia-. cons sleiiies cii una cam coiistruida de blocks y concreto, p:sos cie gianito. con todas sus anexidades y de;)ra- dencias, valoiacia en la suina total de RD$20,600.00, que copia- (1 :! 13 letra dice asi: EL ESTAlW UOI\!llNICANO, debidamente representah ei1 este acto por el Sdiliintstrador General de Bienes Naciona- ir ;, :lGRON RAFiiEL i3. RIVAS, dom-nicano, mayor de edad, casado, funciomrio pliblico, de este domicilio y residencia, poi’- tador de la cdduIi? tie identificaci6n personal N9 [cédula], con seI!o habil, ICeg stro Electoral NO 296285, cyuien actua en viitud (;e las c1:spos ciones contenidas en el Poder de esta n:is- ma fecha, expedido por el Poder Ejeeutivo, que lo faculta para ,.I r,+rli.garn’c;iito de1 p:e-ente documento, de una parte; y de la LW, e! zefioi. WE1’ID-X ROJAS ORTIZ. dominicano, ma- !~IJ:. c‘e edat‘l, d: i stado ~ . i ~ i l casado, domic~liado y resicienle en ~ 0 . 5 ~ t i rs-88+ APIYI ?\im Ywk, i?Ptatlo.s Ihidog de AmtSLica. Pltii\lId1%0 : ldL E;dTAUO i~O1\illU1CXNO por organo cte gu wpiwentante, VEIYDK:, ( EUE y ’P‘1IANS,E’IERE, con todas las garandas de dereeho, iibre de ca~gas y grav$menes, en favor clel senor FREDBY ROJAS OBTlh. quteii acepta, el inmueble que qe desacrihe a continuaci6n : “Una porcicin de icrreiio con Brea de 600.00 metros cua- drados, dentro de la Parcela NQ i81--Pte., del Distrito Catjs- tral NP 2, del Distrito Nacional, (Solar NY 1, Alanzana “J”, del Plan0 Parlicular de la Urbanizacibn lKetald6m) y BUS inejoras conslstentes en una casa consiruida de blocks y concreto, pisos de gran-to, con todas sus anexidades y dependencias, dentro de 10s siguientes linderos: a1 horte, resto de la misrna parcela (So- lar No 2) ; a1 Este, resto de la riiisrria parcela (Solar NP 6) ; a: Sur, Calle NQ 1: y a1 Oeste, Calk “A”. SEGUNDU: E1 precio corivenido y pactado entre las pa: - tes para la presente venta, ha sido por la suma total de RD$- 20,600.08 (VEINTE MlL SdSCIEN‘l’OS PESOS ORO) , paga- dero en la siguiente forilia: a), la cantidad de US$6,000.00 (IS’EIS MIL DOLLARES), como pago iniciai pagada med;anie recibo NQ 99202 de iecha 17 de julio de 1974, expcdido en su fa- vor por la Admiiiistracion General de Bienes Nacionales, sunm por la cual el ESI-AUO L)OMlNICANO otorga a su favor for- mal recibo de descargo y carta de pago en forma legal; b), la suma de US$2,000.00 (DOS MIL IIOLLARES), a.l compradol recibir el iximueble objeto del presente contrato, e), el resto b sea la cantidad de RU$12,&0040 (DOCE RIIL SEISCIENTOP PESOS ORO), en 126 mensualidades consec~~tivas pnr valm t h RD$10@,00 (CIEN PESOS ORO) cada una. QUWl’U: Ctiiccia cojivenido eiitre las partes que la porci6u (1,. teireno que s:~ ”encien, tienen un area de 500 a GOO metros wadrados, p~ lo que en cas0 de que ei Xgiiindrisor Contratibia :I dc:crm liar la m J i & iixacta de dielio solar, se cornpruebe zll- gim cxcecleiitc en c’icha arc2 total, el mismo serd ajustado sc- g6n el pie& estipu ado en este contrato, 6 sea a raz6n de ED; - 12.00 el metyo cuadrado. t SEXTO: Que& estah‘ecido entre las partes, que el pre- seiitc contrato deberg ser sometido a1 Congreso Nacional, para su aprobac‘6n. en vista de que el inmueble a que el mismo se ceiitlae tiene un valor {iutx ex( ede de RD$20,000.00 (VEIN Tl? iIIL FTSOS ORO), de cvnformidad con las disposiciones con- tenidas en el Art. 55 lnciso YO de la Constituci6n de la Repit- Is!ica Dominicana. SEfTIAZU: EL ESTAI)O iiO~\!rINIC:ANO justifica su 3~ I‘echo dc prop’edad sobrc eI inmueble objeto del presente cow tmto, en o’rtud del C‘ert ficado de Titulo NO 76-2679, expediclo en s u favor pnr el Kpeigtradm de Titulos d(1l nistrito Nacion2.l. I]) OCTAVO : Las partes nceptan todas las estipulaciones del oresente contrato, ~7 par;! In no pi-PviS1o en el rnismo se remiten cr’wwho cornfin. * Vreddy Rojas Ortix, YO, UB. H A F A U E. ACOSIA CABIZAL, Amgado Nota- rio Publxo, de 10s dei Niiniero para el Distiito Sacional, CER- TIFICO Y DOY $23: Que pcr aim mi comparecieron 10s se- sores AGRON. RA14’AbL H. KIVAY y FREDDY ROJAS OR- TIZ, de generaAes y cahdades que conslan, personas a quieiies doy fe conocer y me han cleclarado ,,a.jo la €e del juramento ser mas las firmas que acostumloran war en todos sus actos tanto p6blicos como privados, de todo lo que cloy fe y crbdito. En San- to Domingo, Distr1t.o Nacional, Capital de la Repiiblica Domi- nicana, a 10s 30 dias del nies de iunio del aiio (1976). Dr. Rafael E. Acosta Cabrai, Abogado Nntario Pirblico. DADA en la Sala de Sesiones tie la Chrnara de L)iputsd.w, Palaco del Congreso Nacional, en Santo Domingo de G U Z I T I ~ ~ , Distrito Nacional, Capit:.: I le la XeuidAica Dorninicana, R lua once dias del mes de may\) del 1 1 d novecientos setenta y siete; años 134° de la Independencia y 114° de la Restauración. Atilio A. Guzmán. Fernández. Presidente, José Eligio Bautista Ramos Secretario. Miriam Marte de Sibilia, Secretaria. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y siete, años 134° de la Independencia y 114° de la Restauración. Adriano A. Uribe Silva, Presidente. Josefina Portes de Valenzuela, Secretaria. Nad Sterling Vásquez, Secretario Ad-Hoc. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y siete, años 134° de la Independencia y 114° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona