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El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 39

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SRA. MATILDE A. BENZO SANCHEZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 oct de 1974fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9348Gaceta Oficial del 1 ene de 1974
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Matilde A. Benzo Sánchez (persona)
Monto
RD$20,600 · en el texto: «RD$20,600.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Resolución N° 39, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Sra. Matilde A. Benzo Sánchez. (G. O. N° 9348, del 13 de noviembre de 1974.) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 39 VISTO el inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano y la señora Matilde Anacaona Benzo Sánchez, en fecha 5 de agosto de 1974. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el sefior Agr6n. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales y Ia sefiora Matilde Anacaona Benzo Sin- chez, por medlo del cual el primcro traspdsa a la segunda a tf- tulo de venta, una porci6n de terl-eno con area de 565.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela NO 128-A-l-A-Pte., del Distrito Catastral N* 3 del Distrito National, y sus mejorss consistenteo en una casa de dos (2) plantas, construida de blocks y concreto, pisor; de mosBicos, con todas sus anexidades y depsnc?encias, valorada en la suma de RD$20,600.00, que co- piado a la letra dice asi: CONTRATO NO 01342 "E N T R E : EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado cn este acto POL- el AdministraZor General de Bienes Nacio- rtales, AGRON. RAFAEL B. RIVAS, dominicano, mayor de edad, cara.c!o, funcionario p?blico, de este domicilio y residen- cia, portador de la cBdu!a de ident:ficaci6n personal NQ 6904, ser'e 34, con seKo h&bil, provisto del Carnet del Registro Elec- toral NQ 296285, quien actlja en virtud de las disposkiones con- tenidas en el Podcr de esta misma fecha, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente do- cumento, de una parte; y de la otra parte, la eefiora MATILDE XNACAONA BENZO SANCHEZ. dominicana, mayor de 4ad, de estado civ:l wltera, domi4iada y residente en [domicilio omitido]. No 5-B. New York. Estados Unidos de AmBr'ca, portadora de la cCc7ula de identificaci6n personal W [cédula], se ha convenido y pactado el siguiente: C O N T R A T O PRIMERO: El, ESTI\\)O DOnlTNICANO por 6rgano de su r m ~ ~ ~ ~ i f a n 1 :, VL'XE7, CEDE Y TRANSFIERE, con todas lae caraiit:as de cler~cho 1ib-e de carms y gravAmener, en favor <e la seGrra 3IATTLDE ANACAONA BENE0 SANCHEZ, Quicn acepta, €1 inmueble que se describe R continuacibn: r “Una porci6n de terreno con firea de 565.00 metros cuadra- dos, deiltro ue la Parceia NU 122-A-l-A-l~te., del Dis- trlto Catastral NV 3 tiel Uistrito Nacional, (Solar NO 9, Manzana “h”’, del Plan0 Particular), del D. C. NO 1, del Distrito Nac onal) y sus mejoras, consistentes en una cas8 de dos plantas ccnstruida de blocks y concreto pisos de mosaicos, con toaas sus anexidades y dependencias, dentro de 10s siguientes linderos: a1 Norte, Resto de la misma Par- cela, (Solar N9 s), a1 Este, Calle B-1; a1 Sur, Resto de la misma Parcela, (Solar NO 10) ; y a1 Oeste, resto de la mis- ma Parcela (Solares Nos. 11 y 7).” SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las par- tes para la presente venta, ha sido por la suma total de RD$- 20,600 00 (VEINTE MIL SEISCIENTOS PESOS ORO) paga- dero en la sigu:ente forma: a) la suma de RD$6,000.00 (SEIS MIL PESOS ORO), como pago inic’al, pagada por la compra- dora mediante el recibo NQ 00010 de fecha 24 de septiembre :973, expedido en su favor por el Administrador General de Bienes Nacionales, de esta ciudad, suma por la cual el ESTA- DO DOMINICANO otorga a su favor formal recibo de descar- go y carta de pago en forma legal; b) la cantidad 6e RD$- ‘2000.00 (DOS MIL PESOS ORO) la cual s e d pagada a1 recibir CUARTO: La falta de pago de tres (3) mensuali-’ades ccwcriitivas, harti perdm a1 rleudcw el beneficio del termino €1 inmueble a quz ce contrne el presente contrLto; y c) el resto G sea. la suma de RDN2,600.00 (DOCE MIL SEISCIENTOS PESOS ORO) en 1?6 menwalidades ConSecutivds, a raz6n de RD$100.00 (CIEN PESOS ORO) cada una. TERCERO: Qucda exvresamente estabIecido entre Iss partes, que el inmueble objeto del presente covtrato quedarA gravar’o con un mivilegio del vendedor no pagado .en favor del ESTADO DOMTNTCANO. ncr l a suma de RDR4.600 (CATOB- CE MIL SEISCIFNTOS PESOS ORO). de conformiJad con Its disposiciones contenidas en el Art. 2103. del C6dim Civil. En cons~cuencia, la seeora MATTT,T)F: AXACAONA BENZ0 S AN- CHEZ. autori7a y reauicre del Regictrador de Titulos del Dis- trito Nacional, la inscripci6n del referido privilegio. acordado y eiecutable el privilegio consentido mediante el gre- sente documento. QUTNTO: Queda eonvenido entre las partes, que lor torre. neb que se venden tieren un area de 500 a 600 metros cuadrr- doe, por lo que en cas0 de que el AgrimenEor Contratista d determinar la medida exacta de d'cho solar, se compruebe al- gfin excedente en dicha hest total, el mismo sera ajustado qe- g-in el precio estipulado en esk contrato, o sea a r a z h de BL)$- 12.00 el metro cuadrado. SEXTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad S0bi-e el inmueblc objeto del presente contrato en virtud del Certificado de Titulo NO 64-1407, expedido en su fao vor por el Registrador de Tituloe del Distrito Nacional. SEPTIMO : Las partes aceptan tndas las estipulaciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten a1 derecho comGn. ' HECHO Y FIRMADO, en dos originales de un mismo te- nor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santa Domingo, Distrito Nacional, Capital de la ReplSlblica Domini- cans, a 10s 5 dias d t i mes de agosto del aiio mil novaentoe setenta y cuatro (1974). POR, EL ESTADO DOMINICANO: Agron. Rafael H. Rivas, Administrador Gene1 a1 de Biena hlacionales. Matilde Anacaona Renzo Slinchez, Gompradora. YO, DR. JOSE MIGUEL GARCIA Y GARCIA, Abogado- Notario P651'co de 10s del n6mero para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que For ante mi comX)arecieroF 10s seiiores AGRON. RAFAEL H. RIVAS Y MATILDE ANACAO- NA BENZO SANCHEZa de generales y calidades que W t a n c personas a quienes doy fB conocer y me han declarado bajo Za fe del juramento ser esas las firmas que acostumbran usar en todos sus actos tanto pfiblicou como privados de todo lo que doy €6 y cr6dito. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana., a 10s 5 dias del mes de agosto del pilo mil novecientos setenta y cuatro (1974). Dr. JosC Miguel Garcia y Garciz, Abogado-Notar-o Publico.” DADA en la SaIa de Sesioner del Senada, Palacio del Con- greso Nacional, en Santo Domingo die Guzmftn, Distrito Nacia- mil, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s dieciocho dfao del mes de septiembre del afio mil noveuientos setenta y cua- tro, afios 131Q de la Independencia y 112O de la Restauracibn. Adriano A. Uribe Silva, Presidente. Jaasfina Portes de Valenzuela, Secre taria, Antonio JosC Lalane, Secretario. DADA en la Sala de Sesionea de la Ciimara de D’putador, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domkgo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s ocho dias del mes de octubre del aiio mil novecientos setenta y cuatro, aiios 1310 de la Independencia y 11Z9 de la Restau- racibn. Atilio A. Gumin Fen3bn&ws, President& rl f .TOSS Eligio Bautista Ramoa, Secretado. Miriam Marte Montes de Oca, H , Secretaria. pli . . I JOAQUIN RALAGUER PreEidente de la Republica Dominicam i En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 65 de la Constitucibn de la Repitblica; PROMULGO la presente Reeoluciitn, y mando que sea pu- blicada en la Gaceta Oficial, para su cunocimiento y cumpli- miento. DADA en Santo Domiiigo dc Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica I)omin'cana, a 10s catorce dias del mes de octubre del aiio mil novecientos setenta y cuatro, aiios 1319 de la Independencia y llZQ de la Restauraci6n. JOAQUZN BALAGUER Resoluci6n NP 40, que autoriza a1 Banco Central de la Reptiblica Domi- Jcana a concertar fin prhstamo en monedas extranjeras, con el Banco Internacional de Reconstrucci6n y Fomento. (G. 0. NO 9348, del 13 de novienibre de 1974.) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repfiblica

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona