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Resolución

Resolución 231

que aprueba la Enmienda No.2 al Acuerdo PL—480, para la Venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 13 de enero de 1984, entre la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 sept de 1984fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 9646Gaceta Oficial

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de los Estados Unidos de América (otro Estado)
Monto
US$2.5 millones · en el texto: «US$2,500,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No.231, que aprueba la Enmienda No.2 al Acuerdo PL—480, para la Venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 13 de enero de 1984, entre la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América G.O. No. 9646 del 30 de Sept. de 1984 CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 231 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTA la Enmienda No.2 al Acuerdo PL—480, para la venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 13 de enero de 1984, entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América; RESUELVE: UNICO.— APROBAR la Enmienda No.2 al Acuerdo PL—480, para la Venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 13 de enero de 1984, entre el Gobierno de la República Dominicana, representado por el Secretario Técnico de la Presidencia, señor L. Orlando Haza y el Gobierno de los Estados Unidos de América, representado por su Embajador, señor Robert Anderson. Las enmiendas que serán realizadas a dicho Acuerdo conciernen a: La parte II, Disposiciones Especiales, Punto I, Cuadro de Productos; Parte II, Punto III, Cuadro para Compras Normales en Mercados Comerciales y Parte II, Punto IV, Limitación de Exportación, Párrafo B, Productos a los Cuales se Aplican las Limitaciones de Exportación. Mediante dichas enmiendas el Gobierno de los Estados Unidos de América, se compromete a exportar a la República Dominicana 3,000 toneladas métricas de aceite vegetal por la suma de US$2,500,000.00 (dos millones quinientos mil dólares norteamé- ricanos). Las partes han acordado expresamente que las disposiciones del Acuerdo original, de fecha 13 de enero de 1984, así enmendado continúan vigentes y son aplicables a la presente enmienda, salvo expresa modificación en contrario; que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona