Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Resolución Nº 718, que aprueba el Convenio Internacional del Azúcar de 1973.
(G. O. Nº 9344, del 14 de Septiembre de 1974)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República:
NUMERO 718
VISTO el inciso 14 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTO el Convenio Internacional del Azúcar de 1973, que fué firmado por los representantes de la República ante las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 1973;
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Convenio Internacional del Azúcar de 1973, firmado por los representantes de la República ante las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 1973, tendiente a fomentar la cooperación internacional en los problemas relativos al azúcar y servir de marco para preparar las negociaciones de un convenio que tenga propósitos similares a los del Convenio Internacional del Azúcar, de 1968, que tuvieron en cuenta las recomendaciones contenidas en el acta final del primer período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona