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Resolución

Resolución 16

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL PAN AMERICAN WORLD AIRWAYS INC.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 1970fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9199Gaceta Oficial del 1 ene de 1970
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Pan American World Airways Inc (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 16, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Pan American World Airways Inc. (G. O. Nº 9199, del 19 de Septiembre de 1970) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 16 VISTO: el inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: el Contrato suscrito en fecha 7 del mes de agosto del año 1970, entre el Estado Dominicano y la Pan American Worl Airways, Inc., RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato suscrito en fecha 7 del mes de agosto del año 1970, entre el Estado Dominicano, representado por el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, Ing. Michel Lulo Gitte y por el Dr. Rafael Tobías Genao, Subsecretario de Estado, Encargado de la Secretaría de Estado de Finanzas y la Pan American World Airways, Inc., representada por su Director en la República Dominicana, señor Collins Hay, en virtud del cual se conceden en favor de dicha compañía, por diez años más, exoneraciones de derechos e impuestos similares a los consignados en el Contrato de fecha 21 de abril de 1960, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona