sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 17

LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS Y DE GARANTIA CELEBRADOS ENTRE EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO Y EL BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 oct de 1963fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 8797Gaceta Oficial del 1 ene de 1963
Triunviratoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (organismo)
Monto
US$4.9 millones · en el texto: «US$4,900,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No. 17, los contratos de préstamos y de garantía celebrados entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Agrícola de la República Dominicana. G. O. No. 8797, del 23 de octubre de 1963 REPUBLICA DOMINICANA EL TRIUNVIRATO NUMERO: 17 VISTO el artículo 38, inciso 14 de la Constitución de la República; VISTO, el contrato de préstamo por la suma de $6,000,000.00, suscrito en fecha 29 de agosto de 1963, entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Agrícola de la República Dominicana, para ser destinada al fomento ganadero y avícola del país, y el contrato celebrado en esa misma fecha entre el Estado Dominicano representado por el Embajador dominicano en Washingtony la mencionada entidad bancaria interamericana, para garantizar el citado préstamo, así como para asumir la obligación de aportar la cantidad de $5,000,000.00, para que juntamente con dicho préstamo sean destinados al fomento señalado; RESUELVE: UNICO.- Aprobar el CONTRATO DE PRESTAMO celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Agrícola de la República Dominicana, en fecha 29 de agosto de 1963, así como el CONTRATO DE GARANTIA celebrado en esa misma fecha entre el Estado Dominicano, representado por el Embajador dominicano en Washington y la referida entidad bancaria interamericana, que copiados a la letra dicen así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona