Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
dencia y 115 de la Restauración. (Fdos.): Adriano A. Uribe Silva, Presidente; Josefina Portes de Valenzuela, Secretaria; Dulce M. González de Pons, Secretaria.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y ocho; años 135 de la Independencia y 115 de la Restauración.
Juan Esteban Olivero Féliz,
Vice-Presidente en funciones de Presidente.
José Eligio Bautista Ramos,
Secretario.
Adalgisa Medina de Cury,
Secretaria Ad-hoc.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y ocho, años 135. de la Independencia y 115. de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Resolución No.931. que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Srta. Anabelle Quezada.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Resolución No.931.—
VISTO: El Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTO: El Contrato de venta suscrito en fecha 15 de junio de 1978, suscrito entre el Estado Dominicano y la Srta. Anabelle Quezada.
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito en fecha 15 de junio de 1978, entre el Estado Dominicano, debidamente representado por la Administradora General de Bienes Nacionales, Lic. Mariana Binet Mieses, y la Srta. Anabelle Quezada, por medio del cual el Primero traspasa a título de venta en favor de la Segunda, el Apartamiento 2–Oeste, Segunda Planta del Edificio "B" del Condominio Anacaona III, con un área de construcción de 200M2., localizado en la Parcela No. 121–A–3–Pte. del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, valorado en la suma de RD$60,000.00; que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.