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Resolución

Resolución 903

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA FIRMA AGROMAN, EMPRESA CONSTRUCTORA, S. A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ago de 1978fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9487Gaceta Oficial del 1 ene de 1978
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Agromán (empresa)
Monto
RD$32.7 millones · en el texto: «RD$32,705,683.03»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No. 903, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la firma Agromán, Empresa Constructora, S. A. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 903 VISTO el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la firma Agromán, Empresa Constructora, S. A., de fecha 17 de julio de 1978. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato suscrito en fecha 17 de julio del año 1978, entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el Presidente de la Corporación de la Presa de Hatillo, General de Brigada, E.N., Antonio Imbert Barreras y de la otra parte, la firma “Agromán, Empresa Constructora, S. A.”, por su Director de Zona, Ing. Julio Morales, por medio del cual se conviene a fin de garantizar una rápida y cabal ejecución de la obra, dentro del lineamiento preceptuado en dicho acuerdo, que la reserva presupuestaria establecida mediante Decreto No. 604, del Poder Ejecutivo, de fecha 27 de Febrero de 1975, cuyo monto asciende en la actualidad a RD$32,705,683.03, depositado en el Banco Central de la República Dominicana, así como el valor entregado por el Estado Dominicano a la Corporación de la Presa de Hatillo, ascendente a RD$13,234,384.19 y que se encuentra depositado a plazo fijo en diferentes bancos de la Capital de la República, serán depositados en una cuenta que deberá ser denominada “Construcción de la Presa de Hatillo”, para ser utilizado únicamente en los trabajos de construcción de la Presa de Hatillo, contratados por ambas partes mediante acto de fecha 27 de abril de 1977, aprobado por Resolución No. 754, del Congreso Nacional, de fecha 6 de enero de 1978, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona