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Resolución

Resolución 161

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LAS FIRMAS ATKINSON INTERNACIONAL DOMINICAN REPUBLIC, INC. Y LA GUY F. ATKINSON COMPANY, PARA LA CONSTRUCCION DE LA PRESA DE SABANA YEGUA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 abr de 1975fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9370Gaceta Oficial del 1 ene de 1975
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
firmas Atkinson International Dominican Republic, Inc (empresa)
Monto
RD$61.4 millones · en el texto: «RD$61,369,500.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución N° 161, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y las firmas Atkinson International Dominican Republic, Inc. y la Guy F. Atkinson Company, para la construcción de la Presa de Sabana Yegua. (G. O. N° 9370, del 25 de Mayo de 1975) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 161 VISTO: el inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: el Contrato de Construcción y sus anexos, suscrito entre el Estado Dominicano y las firmas Atkinson International Dominican Republic, Inc., y la Guy F. Atkinson Company, en fecha 19 de marzo de 1975. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Construcción y sus anexos, suscrito entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el Honorable Señor Presidente de la República, Dr. Joaquin Balaguer, y las firmas Atkinson International Dominican Republic, Inc y la Guy F. Atkinson Company, por su Presidente y Vicepresidente respectivamente, señores Joe B. Mcnabb y Donald K. Stager, por medio del cual la primera se compromete a construir la presa de Sabana de Yegua, Proyecto Yaque del Sur-Valle de Neiba, y la segunda se compromete frente al Estado Dominicano a garantizar la obligación asumida por la 1ra., de conformidad con lo que establece el artículo 38 del presente contrato, en su condición de propietaria total de la Atkinson International Dominican Republic Inc., por un valor de RD$61,369,500.00; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona