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Resolución

Resolución 150

que aprueba un Contrato de venta de inmueble suscrito entre el Estado y el señor Nelson Peña Suárez

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 abr de 1975fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9368Gaceta Oficial del 25 abr de 1975
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Nelson Peña Suárez (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Resolución N° 150, que aprueba un Contrato de venta de inmueble suscrito entre el Estado y el señor Nelson Peña Suárez. (G. O. N° 9368, del 25 de Abril de 1975) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 150 VISTO el inciso 19 del Articulo 37 de la Constitución de la República; VISTO: El Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano y el señor Nelson Peña Suárez, en fecha 5 de agosto de 1974. R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el señor Agrón. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales, y el señor Nelson Peña Suárez, por medio del cual el primero traspasa al segundo a título de venta, una porción de terreno con área de 600.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela N° 122—A—I—A—Pte., del Distrito Catastral N° 3, del Distrito Nacional (Solar N° 3 Manzana "E" del Plano Particular), y sus mejoras, consistentes en una casa de dos plantas, construida de blocks y concreto, pisos de mosaicos, con to- F ‘ R S YUS anexidades y dependencia; por iin valor de RU$20.C;0Ci 00; que (wpajado a la letra, dice asi. ” E N T H E : EL ESTAUO DOMINICANO, debidanleiltt: xepresentacio en este acto poi- e! Administrador General de Bienes Naciona- les, AGRON. EAFAEL H. RIVAS, dominicano, mayor de edati, casacio, fundonario publico, de 6stc domicilio y residencia, poi - tador de la ckdula de identificaci6n personal NQ [cédula], cerie S con sello hbbil provisto del Garnet dei Registro Electoral S” 296285, quien actda en virtud de las disposiciones contenidit.; En el Poder de esta misma fecha, expedido por el Podei Ej 1 ecu- tivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documeii- to, de una parte; y de la otra parte: el seiior NELSON PERA PUAREZ, dominkano, mayor de edad, de estado civil domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la Ckdula de Identificacih Personal I S C [cédula], se ha convenido y pactado el si- f guiente : .. C O N T R A T O : PRIMERO. E LESTADO DOMINICANO, por brgano de :ii representante, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas L;i garantias de derecho, libre de cargas y gravimenes, en favor del &ior NELSON PERA SUAREZ, quien acepta, cl inmuel’c que se describe a continuaci6n. Una porci6n de terreno con area de 600.00 metros C U B - drados, dentro de la Parcels N9 122-A-I-A-Pte., del Di:,- trito Catastral NQ 3, del Distrito Nacional, (Solar N’? 3 Manzaiw. “E” del Plano Particular) ; y sus rnejoras, consistentes en un-i casa de dos plantas, construida de blocks y concreto, pisos de mosaicos. con todas sus anexidades y dependencias. dentro d~ -24% !crs siguientes lmderos: Ai Norte: Calle NO 1; a1 Sur: resto & I* I;L misina parcela (Solar NQ 16); a: Este: resto de la misnia parcels (solar N" 4) : y al Owte: resto de la misma parcel:+ , bolar NU 2 ) . SEGUNDO: El prec c convenido y pactado entre las pal- :es para la presente venta. !):I N ~ C , ;)or la suma total de RD$ ~O.cioOOO (VEXNIE NIL h - ib(.ii-ATOS PESOS ORO) pay;- LWVI en ld siyuiente torma: a) la canliLad de kD$6,600.00 (SEIS XIL SEISCIEXTOd PESOIJ O W ) como pago inicial, pagad.: pop p1 comprador mediante el recibo Nv 00057, de fecha 23 de xioviembre de 1913, expedido en su favor por el Colector 22 Hentas Meinas, cle 4sta ciudad, suma poi la cual el ETAMI DOMIXICANO. utorga a si1 favor formal recibo de descargcl :: cxrta de pago en forma lega;; I . ) 1:i surnh de RD$$2,000 1-4 (DOS MIL PESOS ORO) a1 comprador recibir el inmueble ci que se contrae el presente contrato; y e) L'I resto 6 sea la canti clad de RD$l2,600.00 (DOCE XIL SEISCIENTOS PESW OR01 en 120 menzualidades consecutivas por valor de 100.00 (CIEN PESOS ORO) cada una. \ i URCERO: Qued,, expiwiniente establecido entre las przi'- tes, que el inmuelole objeto del pesent..) ( v t r a t o quedara qra- \,ado con un privilegio del vendedor no pagado en favor 20; ESTADO I)OICIIiiICANO por la surrxt de KD$14,006).00 (C,I- TORCE MIL PESOS ORO) de conicrmidad con 23s dirgcs'cdk- I;es contenidas en el Art 2103, del C6'igo Cicil E n corseciifiil cia el seiior SELSOX I'E2-4 S ARE%, autorizs y reruinre L [ ~ I Il~~gistradcr de Titultrq del nistsito V:lrional, la i n s c r i p ~ ~ i 3 ~ rl-1 1 f'erido privilegio. C'U'ARTO: La €aha (12 pago de res (3) rnensualidades cot - ; ecutira?, hara perder a1 deudor el beiieficio del tCrmino acor- (lado y ejecutathle el privilegio consenticlo merliante rl preser: t: documento. QUINTO: Queda cunvenido entre las pwtes, que 10s te- trenos que se venden t'enen un Area de 500 a 600 metrcs CW- ('rados. por lo que en cas0 de que el Agrimensor Contratista. ul clrtclminai ;a wledida exacta c . 1 ~ 6irho wlar FP cors~prurhe 21- : 1111 exCeCieAlte en dicha area total, el mismo sera ajustado se ,iLn el precio estiyulado en este contrato, 6 sea a raz6n de RO$ 1 LOO e? 111etru cuadrado. k93XTO: EL ESTADO I90MINlCANO justifica su d e w cho de propiedad sobre el inmueble objeto del presente contra- 10, e nvirtud del Certlficado ue ~ i t u l o N9 64-1407, expedido eil :-11 iavor por el Re&trador de l’ituloj. del L)istr,to Nacional. 2 ,TPTINO: Eas paries aceptaii todas las estipulaciones ‘lei i 1 eseix., contrato y para lo no previsto en el mismo se remitell a1 cerecho eomun. 1 iECHO Y FIBMADO, en dos originales de un mismu te 1101, L I ~ O pars eada una de las partes contratantes, en Santo Dii- i m ~ ~ . lkstriia Nacional, Capital de la Republica Dominieana, k.iz,3 el ines de ayosio del afiin mil novecientos setenta ;- (.into (3975) . . , + c y Agr6n. Rafael H. Ilivas, .Zdministradnr ,General de Bienes Nacionales Nelson Peiia Suarez, Comprador. Y O , 08. FELIX ANTONIO BRITO MATA, Abogado-No- lcLiL: Pfibirco t l r 10s ael Nhmero para el Distrito Nacional, CE8- TIE’ZW Y DUY FE: Que por ante mi comparecieron 10s seiiu- it hiGROX. RAFAEL H. RIVAS y NELSON PENA SUAREZ ( ,:,:m*ales y caiidades que constan, personas a quienes doy 16 conocer y me han deelarado bajo la f& del juramento ser esas. la:: iirnias que acostctnibran mar en todos sus actos tanto pil- b k - s co:no pi*ivados de todo lo que doy €6 y cr6dito. En Sank !)o&i~o, L, strito Nacional, Capital de la ReDublica Dominica- :;a, a lcs 5 dias del ines agosto del aiio (1974). i)R. FELIX ANTONIO BRITO MA,TA, Abogado-Notario Publico. ---25 I- P DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del cor: grezo Nacional, en Sanio Dominyo de Guzmhn, Dictrito Xaci,.: fial, Capital de la Republica Dominicana, a primero del mes de ithi4 del aiic mi; novet:ieii\,:: kcLctniz y i!r-co: afios 1329 do Ict independencia y 1 1 3 de la Restauracibn. .idriano A. Uribe Silw, Presidente. ;osrfina Portes de Valenzuela, Secretaria. .1,iitonio JosC Lalane, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones de la Cgrnara de Diputacio,. f’a.!acio del L O I I ~ ~ E C O Sacional, en Saiita Ilomingo de Guzmrin, i)’rtrito Nacional, Capital de la Repiiblica D?minicana, 2 103 cios dias del mec: de abril del aiio niil iiovecie~itos seteilu y cipw &firs 1320 cie In Tridepenrlencia 1- l!?’ tie 1s Restauracihn. I Atilio A. Giizmrin Fer.-,. a President v . . JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Repliblica Dominicam En ejercicio de las atribuciones que rnr. confkre el Six-tirul,) 55 clr la ConAtitiicltin de la Repitblica; - 2 6 L apital de la Repcblica Dorninicana, a 10s siete dias del mes de : I U Y ~ I ii( 1 &?IO m i novecieiitos setenta y cinco; afics 1320 de la [ndepenclencia y 112’? de la Reatauracibn. JOAQUIN BAUGUER Ley yT‘? 151, que designa coil el noinbre de Dr. Gilberto Gomez Rodrigoen, una caile de la ciudad de Santo Porningo. (G. 0. No 9365, del 25 at? Abril de 1376) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Ropfiblica SUMERO 151 C;ONSIL)ERANL)O: Que el Dr. Gilberto G6mez Rodriguez, fal!ecido cl 8 de septiembre del a50 1970, fuC uno de 10s m b ;estacado; propnlsores de la ciencia mkdica en nuestro pais, co- nio 1 0 demuestran sus diversas publicaciones y trabajos cieii- i L,o s:’ur:~ esa diaciplina del saber humano, asi como sus es- ixi’cs imh-ados en un:veisicl&?s extranjeras con miras a po- ller 31 servicio de la ccmunidad un mayor caudal de conocimien- tos eil benerie-o de las clases necesitadas; CONSLDERANDO: Que el Dr. Gilberto G6mez Rodriguez i’, scm;seL> con idoneidad .v altruism0 diversos cargos dentro (!el an~bitu de su profesibn, tales como MBdico de Pobres en la ( 8?td.i . de Eanto ])omingo, Mkd’co Director del Instituto Cien- 3 I iico Loininico-Alemiin, de 1937 a 1939. Sub-Director del La- :)oiatorio Nacional, Func‘ador y Director del Banco de Sangre (le1 Hospital “Ih. Salvador B. Gautier” y Catedritico de Me&- ( :LL en la 17niwrsida-l Autbnorna d e Santo Doming0 duraiit~ 28 aiios: VISTA: La Ley NO 49. del 9 de nodernbre de 1966, q:ie icortifica la Lev NQ 2439, del 4 de julh de 1950;

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona