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Resolución

Resolución 388

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SR. JOSE RAMIREZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 may de 1976fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9402Gaceta Oficial del 19 jun de 1976
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
José Ramírez (persona)
Monto
RD$20,600 · en el texto: «RD$20,600.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 388 que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y el Sr. José Ramírez. (G. O. Nº 9402, del 19 de Junio de 1976) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 388 VISTO: el inciso 1º del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano, y el señor José Ramírez, en fecha 3 de febrero de 1976. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, Agron. Rafael - 9 7 4 - J .I. H. Rims, y e+seiioP-~osk Ramire?, pox mediq del iual el yrinv- ro traspasa al segundo a titulo de venta, una porci6n de terrenu * " con area de 556.00 metros cuadrados. dentro de laa parc'lzc Nos. 103-Pte. (una porciOn eon Area de 2Srr.00 metros cuadra- ctos) y 89-C-Pte. ' _ _ - - - (&a porci6n con ma extehsl6n superficial de 293.00 metros cuadrados), ._ . ambas del D. C NQ 3, del Distrito Nacional, y suc mejoras consist es en una easa cie das plantas, construida de block y concret sos de grmito, con todas $LIS * anex dades y dependencias, por un valor de RD$20,600.00; q.uo copiado. a lg- letra- dice asi: E N T R E : CONTRATO NC 27'3 __ EL ESTADO -'DOMIMICkNO, debidamente repmentit& en este acto por e1 Admhistrador General de Bienes Nacionales, AGRON. RAFAEL H. RIVAS. dominicano, mayor de eaad, ca- sado, funcionario pfCJico, de este domicilio y residencia, porta- dor de la C4dula .de. Idsntif'cacibn Personal No [cédula], con sel'o a1 dia, provisto uel Carnet Electoral No 296285, quivn nciiia e;: virtud ae las disposiciones contenidas en el Poder de fecha 2 de febrero de 1976. expedido por el Poder Ejecutivo- \itre lo iacuI,n p y a el otorgamiento del pre-ente documento, de UIN parte; y de la otra parte, el sefior JOSE RAMIREZ, dominicam. mayor de edad, casado con la seiiora Maria de la Cruz Vargas de Ramirez, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la Chdula de Identificacih Personal No [cédula], con sdlo a1 dia, se ha convenido y pactado el siguiente: C O N T R A T O : PRIMER0 : EL ESTADO DQX!TNICAXO, rtprc-entad0 tl mo se ha indicado m8s arriha, VENDE, CEDE Y TRANSFIE- RE, con t d a s las garantias de derecho, libre de cargas y ~ T G - vimones. en favor del seiior JOSE RAMIREZ, quien acepta el inmueble que se describe a continuacibn; % “Una porci6n de terreno con k e a de 556.00 metros cuadra- i;s Pawela; Nos. 103-Pte. (uaa. port:@ con a ~ e a de 263.60 metros cuadrados) y 89-C-Pte. (una porcion con una eXtenSiSrr superficial de 293,OO D I E ~ ~ Q S cqadrados),air:- b.; del D. 6. Nv 3, del Distrito Kaacional, y sus mejqyas COH Gentes en una casa de dos plantas, cclnstruida ae blocks y CAI- creto, pisos de granito, con toda- sus anexidades y dependen- eias, con 10s siguientes linderos y medidas: al Norte, Parce:a Xp 103 (Resto), por uonde mide 16.30 metros lineales; a1 Est?, calle Rezpaldo 27 de F-ebrero, por d m d e mide 17.65.y 22.90 nie iros lineales; a1 Sur, calle Mjguel Angel Mow.~US, por donrie mi- de 11.60 me.i;ros Etineales; y 31 Oeste, Parcelas Nos-89-C (Rgs- to) y Parcela N? I03 (Resto), por donde rnide 22.50 y 16.75 ICC- tros lineales”. SECUNDO: El precio convenido y pactaao entre las pal*- tcs para la presente venta, ha sido por la tuma de RDt$2ir,60t).GU (VElNTE MIL SEISCIENTOS PESOS O W ) , yagadero en ia sjguiente forma: a) la cantidad de US$S,OOO.OO (SEIS MIL 110- LLARESj COICO pago inicial, pagada por el eomprador inediw.. te el recibo numero 00063, de iccha 10 de aic’embre 1973. ex’ pedido en su favor por la Administraci6n General de Rienc- Nacionales, suma per la cual el ESTADO DORIINICANO otorga a su favor formal recibo de descargo y carta de pago en fornlc legal; h) IC? crmidad de US$2.000.00 (DO3 MIL DOLLARES) 21 compraoor rscibir el inmusbie objeto del presente contrat : y c), el resto o :ea la suma be RD$12,SOO.Qb (DOCE MIL SEIS- CIENI OS T’ZSOS ORO) en 126 mensualidades consecutivas, uor valor de BD$400.00 (CIEN PESOS ORO) cada una. TERCERO: Queda expresamente eskablecido entre las p a - tes, que e1 inmtieb’e objeto del presente contrato quedari gra- vado CC’I uxi priv Lgio dsl vendeaol no pagado en favor del ES- ’TAD0 DOM3W3CBS0, por la suma de RD$14,600.00 (CATOR- CE hIU, SEISCIENTOS PESOS ORO), de conformidad con las d.spcb icionen contenidas en el Art. 2103, del C6digo Civil. En consecuencia, el sefior JOSE RAMTREZ, autoriza y requiera de’ Rrgistracm de ’P’ituIci~ 421 Rictrito Xac’onaI, la inscripcibn t?cl wferido pririkgic. CUARTO: La falta de pago de tres (3) mensualidades consecutivas hará perder al deudor el beneficio del término acordado y ejecutable el privilegio concedido mediante el presente documento. QUINTO: Queda expresamente establecido que los terrenos que se venden tienen un área de 500 a 600 metros cuadrados, por lo que en caso de que el Agrimensor Contratista al determinar la medida exacta de dicho solar, se compruebe algún excedente en dicha área total, el mismo será ajustado según el precio estipulado en este contrato, ó sea a razón de RD$12.00 el metro cuadrado. SEXTO: EL ESTADO DOMINICANO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble a que se contrae el presente contrato, en virtud de los Certificados de Títulos Nos. 64—5447 y 41570, expedidos en su favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. SEPTIMO: Las partes aceptan todas las estipulaciones del presente contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho comun. HECHO Y FIRMADO, en dos originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 3 días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y seis (1976). POR EL ESTADO DOMINICANO: Agrón. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales José Ramírez Comprador P . 1 ' L ) ) 0 4 r , Dr. Ramh Emilio Martinez M., *-* , 7.. , ,. Abogado-Notario Pcblico". r ' DADA en la Sala de Fesiones del Senado. Palacio del Ccn- gre$o Wah'ofial, 'en Santo Doming01 de rG;aalnh, .Distr;ito Nacio- nal, Cap'tal de la Repitblica Dbminicaha, a, los~ ueiatid& 4iiw del mes de abril clel mil novecientos setenta, y seis, afios 133" de fa IncQendetttGa y li3Q~ de Jaa Resburacidn! + r.t 2 , . 0: ,I . I , ) Adriano A. Uribe Sif$a',i''' C ? I , i l ;I-. * , f * . -Intonto Jme Ldane, . I - , e . Secretario. 1 . 3 # > . ! 3 ! . , I P i Josefina Porteq de Vglenzuela, ecritaria. Atilio A, Guzm6n Fernhnr't.;;, Presidente. c Jose Eligio Bautista Ramos, Secretario. Iliriam Marte Montes de Oca, Secret aria. JOAQUIN BA4Lr1GUF;LI Pres denle de lz Repiibiica Dmn:ni~niia En ejercicio de las atribucioiies qel; mc- coofieie el axticulo 55 de la Constitucibn de la Republ'ca; I PRORfULGO la presente Resoiucich, y rnando que sea i~i. blicada en la Gaceta oiicial. para su Crm~J?il&ntO y CI? miento. t

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona