Texto de la norma
Resolución Nº 566, que aprueba la Resolución del Consejo Internacional del Azúcar y sus Anexos del 18 de junio de 1976.
(G. O. Nº 9422, del 29 de enero de 1977)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 566
VISTO el Inciso 14 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTA la Resolución del Consejo Internacional del Azúcar y sus Anexos del 18 de junio de 1976, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 1977, el Convenio Internacional del Azúcar, aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Azúcar en octubre de 1973;
R E S U E L V E :
UNICO: APROBAR la Resolución del Consejo Internacional del Azúcar y sus Anexos del 18 de junio de 1976, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 1977, el Convenio Internacional del Azúcar de 1973, aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Azúcar en octubre de 1973.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración.
Atilio A. Guzmán Fernández
Presidente.
José Eligio Bautista Ramos,
Secretario.
Miriam Marte de Sibilia,
Secretaria.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración.
Adriano A. Uribe Silva
Presidente.
Josefina Portes de Valenzuela,
Secretaria.
Antonio José Lalane,
Secretario.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República:
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y seis; años 133º de la Independencia y 114º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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