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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1030

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO, LA ASOCIACION DOMINICANA DE AHORROS Y P...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1978fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9490Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
DEUDOR COMPRADOR
Monto
RD$27,522 · en el texto: «RD$27,522.20»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento . DADA en Santo Doming0 de Guzmhn, Distrito Nacional, Capital de la Repfiblica Dominicna, a 10s quince dias del mes de agosto del aiio mil novecientos setenta y ocho, aiios 1350. de la Independencia y 1150. de la Restauracibn. JOAQUIN BALAGUER. Resoluci6n No.1,030, que aprueba el Contrato suscrito entre El Estado Dorninicano; La Asociaci6n Dominicana de Ahorros y Prbstamos y 10s Sres.: Rafael de Js. M a l k h Heded y Luisa D. Paradas de Malkh, y Luisa D. Paradas de Malkun. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica RESOLUCION No. 1030 VISTO el Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucih de la Repbblica; VISTO el Contrato de Venta y PrCstamos Hipotecario, suscrito en fecha 2 de mayo de 1977, entre la Asociacibn Dominicana de Ahorros y Prbtamos para la Vivienda; 10s seiiores Rafael de Js. Malkbn Heded y Luisa D. Paradas de Malkun, y el Estado Dominicano. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Venta y PrCstamo Hipotecario, suscrito en fecha 2 de mayo de 1977, entre la Asociacibn Dominicana de Ahoiros y PrCstamos para la Vivienda, representada por su Vicepresidente Ejecutivo-Gerente, Dr. 0. Guaroa Ginebra H., y por el Sub-gerente General, Lic. Miguel A. Lueje, q u i b en lo adelante se denominari EL ACREEDOR; 10s sefiores RAFAEL DE JS. MALKUN HEDED y LUISA D. PARADAS DE MALKUN, quienes en lo adelante se denominarhn el DEUDOR COMPRADOR; y EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado por la Administradora General de Biefies Nacionales, LIC. MARIANA BINET MIESES, q u i h en lo adelante se denominari EL VENDEDOR; por medio del cual este Clltimo traspasa a titulo de venta en favor del DEUDOR COMPRADOR, el Solar No. 24 de la Manzana “L” del Proyecto “Las Avenidas I1 Etapa”, ubicado dentro del Qmbito de las Parcelas Nos. 26-A-Ref.- 1-89-C; 26-A-Ref.- 1-89-D; 26-A-Ref.-1-89-F y 26-A-Ref.- 1-11, del Distrito Catastral No. 4, del Distrito Nacional, con un &rea total de 311. M2., valorado en la suma de RD$27,522.20; el DEUDOR COMPRADOR ha recibido del ACREEDOR, em calidad de pristamo, la cantidad de RD$20,600.00, para la compra del referido inmueble, obligindose a pagar a1 ACREEDOR la cantidad antes sefialada en el tCrmino de 20 ?flos en 240 mensualidad de Rd$192.20; el DEUDOR COMPRADOR ha pagado en manos de EL ACREEDOR la difertmcia entre el precio de enta del inmueble antes descrito y el prkstamo hipotecario otorgado a su favor, diferencia Csta que representa el pago inicial del mismo y que asciende a la suma de RD$6,922.20, que copiado a la letra dice asi:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona