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Resolución

Resolución 991

que aprueba el Contrato suscrito entre El Estado Dominicano, La Asociación Dominicana de Ahorros y Préstamos y los Sres.: José Rafael Reyes Félix y Josefina Badía de Reyes

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1978fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9490Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
DEUDOR-COMPRADOR
Monto
RD$26,276 · en el texto: «RD$26,275.81»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No.991, que aprueba el Contrato suscrito entre El Estado Dominicano, La Asociación Dominicana de Ahorros y Préstamos y los Sres.: José Rafael Reyes Félix y Josefina Badía de Reyes. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 991 VISTO el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato de Venta y Préstamo Hipotecario, suscrito en fecha 19 de abril de 1977, entre la Asociación Dominicana de Ahorros y Préstamos para la Vivienda; los señores José Rafael Reyes Félix y Josefina Badía de Reyes y el Estado Dominicano; RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Venta y Préstamo Hipotecario suscrito en fecha 22 de abril de 1977, entre la Asociación Dominicana de Ahorros y Préstamos para la Vivienda, representada por su Vicepresidente Ejecutivo-Gerente, Dr. O. Guaroa Ginebra H., y por el Sub-Gerente General Lic. Miguel A. Lueje, quien en lo adelante se denominará EL ACREEDOR, José Rafael Reyes Félix y Josefina Badía de Reyes quienes se denominarán EL DEUDOR-COMPRADOR y EL ESTADO DOMINICANO, debidamente representado por la Administradora General de Bienes Nacionales, Lic. Mariana Binet Mieses, quien en lo adelante se denominará EL VENDEDOR; por medio del cual éste último traspasa a título de venta en favor del DEUDOR-COMPRADOR, el solar No. 8 de la Manzana "B", del Proyecto "Las Avenidas", ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 11-P-Ref.-780-(Resto) del Distrito Catastral No. 4 del Distrito Nacional, con un área total de 215.73 metros cuadrados, valorado en la suma total de RD$26,275.81, EL DEUDOR-COMPRADOR ha recibido del ACREEDOR en calidad de préstamo la cantidad de RD$17,400.00, para la compra del referido inmueble, obligándose a pagar al ACREEDOR la cantidad antes señalada en el término de 20 años en 240 mensualidades de RD$162.34 EL DEUDOR (COMPRADOR) ha pagado en manos de EL ACREEDOR la diferencia entre el precio de venta del inmueble anteriormente descrito y el préstamo hipotecario otorgado a su favor, diferencia ésta que representa el pago inicial del mismo y que asciende a la suma de RD$8,875.81; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona