Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Resolución N° 599, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Compañía de Jesús de la Rep. Dom.
(G. O. N° 9321, del 7 de Diciembre de 1973)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 599
VISTO el inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República:
VISTO el Contrato suscrito en fecha cuatro del mes de octubre del año mil novecientos setenta y tres, por medio del cual el Estado Dominicano, representado por el Agron. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales, traspasa a título de donación, en favor de la Compañía de Jesús de la República Dominicana, representada por el Reverendo Padre
Benito Blanco, una porción de terreno con área de 10,145.62 metros cuadrados, ubicada dentro de la Parcela Nº 46-Bis, del Distrito Catastral Nº 2 del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en una edificación de blocks-madera, mosáicos, concreto y asbesto, situada en la calle "A", esquina calle 2 y 3 del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo.
R E S U E L V E :
UNICO: APROBAR: el Contrato suscrito en fecha cuatro del mes de octubre del año mil novecientos setenta y tres, por medio del cual el Estado Dominicano, representado por el Agron. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales, traspasa a título de donación en favor de la Compañía de Jesús de la República Dominicana, representada por el Reverendo Padre Benito Blanco, una porción de terreno con área de 10,145.62 metros cuadrados, ubicada dentro de la Parcela Nº 46-Bis, del Distrito Catastral Nº 2, del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en una edificación de Block-madera, mosáicos, concreto y asbesto, situada en la calle "A" esquina calles 2 y 3 del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.