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Resolución

Resolución 1009

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SR. AGUSTIN DE JESUS GOMEZ JIMENEZ....

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1978fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9490Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
AGUSTIN DE JESUS GOMEZ JIMENEZ (persona)
Monto
RD$56,759 · en el texto: «RD$56,758.61»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No.1,009, que aprueba el Contrato suscrito entre El Estado Dominicano y el Sr. Agustín de Jesús Gómez Jiménez. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Resolución No. 1009 VISTO el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato de Dación suscrito en fecha 20 de julio de 1978, entre el Estado Dominicano y el señor AGUSTIN DE JESUS GOMEZ JIMENEZ. R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Contrato de Dación suscrito en fecha 20 de julio de 1978, entre el Estado Dominicano debidamente representado en este acto por la administradora General de Bienes Nacionales, Lic. Mariana Binet Mieses y el señor AGUSTIN DE JESUS GOMEZ JIMENEZ, por medio del cual el primero traspasa al segundo a título de dación en pago el apartamiento 5-B-D quinta planta (Medial Este) del Edificio “B” del Condominio Bella Vista y el Apartamiento 5-B-E quinta planta del Edificio “B” del Condominio Bella Vista, localizado en la parcela No. 122-A-1-A del Distrito Catastral No. 3 del Distrito Nacional; por un valor de RD$56,758.61 cada uno, lo que hace un valor total de RD$l13,517.22; de estos valores el Estado compensa en pago la suma de RD$89,228.48 por los inmuebles declarados de utilidad pública mediante decreto No. 833 de fecha 2 de mayo de 1975 al señor Agustín de Jesús Gómez Jiménez y la diferencia de RD$24,228.74, fué pagada en su totalidad mediante cheque de Administración No. 14-1712 del 20 de julio de 1978, expedido por el Banco Popular Dominicano en favor de la Administración General de Bienes Nacionales; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona