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Resolución

Resolución 475

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SRA. ANA MERCEDES DE JESUS SANCHEZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 nov de 1976fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9415Gaceta Oficial

Contraparte y monto

Contraparte
ANA MERCEDES DE JESUS SANCHEZ (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Iiesoluri6n Nc 475, quo aprueba el Contrato sustrito entre el Ekte.lo Dominicano y la Sra. Ana MerceG'es de Jestla Sirnchez. (0. 0. NO 9415, del 24 de Noviembre dc 1976) EL CONGRESO NACIOXAL En Nombre (le la Repitblica ' la Rep6blica ; VIETO el Inciso 19 de1 Articulo 37 dc la Constitucicin tic VETO: El Contrato de Venta suscrito en fecha 30 de jucio de1 afio 1976, entre el Estado Dominicano y la seiiora Ana !'de:*- cedes de Jes66 SAnchez; I R E 8 U E L V E : UNICO: APROBAR el Contrato de Vena suscrito en fc- cha 30 de junio de 1976, entre el Estado Dominicano, debid%- mente representado en &ste acto por el Administrador Gencml de Bienes Nacionales, Agr6n. Rafael H. Rivas, y la seiiora A7?a, Mercedes de Jesus SQnUhez, por medio del cud el primer0 t r i s pasa 6; la segunda a titulo de venta, una porci6n de terreno Lot: area de 576.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela NQ 122- - :A-l-A-Pte., del Distrito Catastral NQ 3, del Distrih Sa.' cimal, y sus mejoras consistentes en una caaa conswida de, )>locks y concreto, pisos de granito, con t d a s sus anexidadea y 'dependencias, por la suma total de RD$20,600.00; que copia- do a la letra dice asi: C O N T R A T O : t : ENTRE: CONTRATO NO. 127::. El Estado Dominicano, debidamen te representado e,i k t c acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, Agrón. Rafael H. Rivas, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, de este domicilio y residencia, portador de la cédula de identificación personal [omitida], quién actúa en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder de fecha 30 de junio de 1976, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte; y de la otra parte, la señora Ana Mercedes de Jesús Sánchez, dominicana, mayor de edad, soltera, domiciliada y residente en [domicilio omitido]. 10, New York, 10011, Estados Unidos de América, provista de la cédula de identificación personal [omitida], se ha convenido y pactado el siguiente: C O N T R A T O : PRIMERO: El Estado Dominicano, representado como se ha indicado más arriba, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en favor de la señora Ana Mercedes de Jesús Sánchez, quien acepta el inmueble que se describe a continuación: "Una porción de terreno con área de 375.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela Nº 122—A—1—A—Pte., del Distrito Catastral Nº 3, del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en una casa construida de blocks y concreto, pisos de granito, con todas sus anexidades y dependencias, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Desiderio Arias, al Este, resto de la misma Parcela; al Sur, resto de la misma Parcela; y al Oeste, resto de la misma Parcela". SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido por la suma de RD$20,600.00 (VEINTE MIL SEISCIENTOS PESOS ORO), pagadero en la siguiente forma: a), la cantidad de US$6,000.00 (SEIS MIL DOLLARES), como pago inicial, pagada mediante el recibo Nº 00130, de fecha 16 de abril de 1974, expedido en su favor por SF,XTC : El, ESTADO DOi\IINICANO justifica 911 hxw’~~; d: ~ro~iccl-i7‘ ssbre el inmueble objeto del presente contrato, CII virtud del Certificado dc Titulo NO 64-140‘7, expedido en s’i Ea\-o~- ].or cl Regisfra6or de Titulos del Distrito Nacima!. 5W”IPrfO: I,as partcs aceptan todas lag estipulaciones dd presente contrato y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO, en dos originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 30 días del mes de junio del año mil novecientos setenta y seis (1976). POR EL ESTADO DOMINICANO: Agrón. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales. Ana Mercedes de Jesús Sánchez, Compradora. YO, DR. RAFAEL E. ACOSTA C., Abogado-Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mí comparecieron los Sres. AGRON. RAFAEL H. RIVAS y ANA MERCEDES DE JESUS SANCHEZ, de generales y calidades que constan, personas a quienes coy fé conocer y me han declarado bajo la fé del juramento ser esas las firmas que acostumbran usar en todos sus actos, tanto públicos como privados, de todo lo que doy fé y crédito. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 30 días del mes de junio del 1976. Dr. Rafael E. Acosta Cabral, Abogado-Notario Público. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. Adriano A. Uribe Silva, Presidente. Alejandro José Namis, Secretario Ad-Hoc. Juan Rafael Peralta Pérez, Secretario Ad-Hoc. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. Atilio A. Guzmán Fernández, Presidente. José Eligio Bautista Ramos, Secretario. Miriam Marte Montes de Oca, Secretaria. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea pu- blicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y seis, años 133° de la Independencia y 114° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Resolución Nº 476, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y el señor Antonio Ramos. (G. O. Nº 9415, del 24 de Noviembre de 1976) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 476 VISTO: el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: el Contrato de Venta suscrito entre el ESTADO DOMINICANO y el señor ANTONIO RAMOS, en fecha 30 de junio de 1976. R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito entre el ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, Agron.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona