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Resolución

Resolución 454

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA SRA. ALTAGRACIA C. CASTILLO DE CABR...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 oct de 1976fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9414Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
ALTAGRACIA CELENA CASTILLO GONZALEZ DE CABRAL (persona)
Monto
RD$22,000 · en el texto: «RD$- 22,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
-1 324-- 1irasolucii.n NO 464, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado lhminicano y Ia Sra. Altagracia C. Castiho de Cabrral. (G. 0. No 9414, del 6 de Noviembre de 1976) EL CONGRESO NACIUhAL. En Nombre de :a RepCblica: NUMERO 454 VISTO; el incisc 13 del Articulo 3'7 de ia C;l.iistJlucie:- (i2 la Repubiica ; VISTO el Contrato dt' Cecha 22 cie iiiaitzu de 1576, gor n j e - dio del cual el Estado Dominicano, representado por el :idminis. trador General de Bieiies Nac oiiales, AGRON. RAFAEL I€. RIVAS, traspasa a titulo de venta en favor de la se5ora A1,Th- GRACIA CELENA CASTILLO DE CABRAL, una porciiln de terreno con Area de 550 40 metros cuaclrados, dentro de 'a Par- cela ?;1O llO--Rcf'.- 780 --Re., tiel Distrito Gatastral N p 4. ,iel 1)istrito Sacion::J, y Sits mejorau, or la s u m total de Rlb:W - 000.00 ; R E S U E L V E : " E N T R E : EL ESTADO DOMINICANO, debidamer-te representado erq este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, AGRIN. RAFAEL H. RIVAS, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, de este domicilio y residencia, portador de la cédula de identificación personal [omitida], quien actúa en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder de fecha 6 de octubre de 1975, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, de una parte; y de la otra parte, la señora ALTAGRACIA CELENA CASTILLO GONZALEZ DE CABRAL, dominicana, mayor de edad, domiciliada y residente en [domicilio omitido]. 3, Brooklyn, New York, Estados Unidos de América, provista de la cédula de identificación personal [omitida], se ha convenido y pactado el siguiente: CONTRATO: PRIMERO: EL ESTADO DOMINICANO, representado como se ha indicado más arriba, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías de derecho, libre de cargas y gravámenes, en favor de la señora ALTAGRACIA CELENA CASTILLO GONZALEZ DE CABRAL, quien acepta el inmueble que se describe a continuación: "Una porción de terreno con área de 550.40 metros cuadrados, dentro de la Parcela Nº 110—Ref.—780—Pte., del Distrito Catastral Nº 4, del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en una casa de dos plantas, construída de blocks y concreto, pisos de granito, con todas sus anexidades y dependencias, con los siguientes linderos y medidas: al Norte, Avenida Bolívar, por donde mide 16.75 metros lineales; al Este, resto de la misma Parcela, por donde mide 29.80 metros lineales; al Sur, resto de la misma Parcela, por donde mide 20.20 metros lineales; y al Oeste, resto de la misma Parcela, por donde mide 29.80 metros lineales." SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las par- .c , I -132C its paia la pieslate reiita, ha. siclo por la SunTi5 total de RD$- 22,000.00 (VElNTIDOS MIL PESOS OILO), pagadero en la si- guieiite forriia: a) la cantidad de US$6,000.00 (SEIIS MIL 1Kl- LLARES), como pago inicia!, pdgada mrdlante el recib!? hu 261, de fecha 22 de agosto de 1974, expeaido en su favor l)f,r 1, Admin'straeion Geiieral de Bienes Nacionales, sunla por 1% cuai el ESTADO DOMINICASO oiorgd ;i JU favor formal recibv de descargo y carla de pago en fornia legal, b) la suma de US$%- tnensualidades coiiseeutiva,~. por valor de RD$lOO.OO (CIES 000.00 (L)(P,S AIIL I>OLLXRES), a1 compradoi recibiv el iii - inueble objeto del presente contrato, y e), el resto 6 sea la ail tidad de RD$14,000.00 (CATQXCE MIL PESOS ORO). en 1.30 PESOS ORO) cada una. TECXRO: Queda expresamente establecido entre itts pa: tes, que el inmueble a nue se contrae el presente contrato, que- darh gravado con 1.111 wivilegio dkl vendedor no pagado en fa- vor del ESTADO DOMINICANO, poi la suma de RDM6,OQO t t ' ! (DIECISEIC MIL PESOS 0120). de conformidad eon las dislJ3j- siciones coiitaidas en el Ari. 2153, del C6d'g.c -'-7il. En e m secuencia la seiiora ALTAGEACIA CELEX.4 CASTILLO GO:, ZALEZ DE CARRAL, auloriza y requiere del Registmdor c i < t Titul% del Ilistrito Nacional. la inscripc'it'm del riferido p~*;l, - legio. I to . - 2 3 y y i r f QUINTO: Queaa convemdc elitre ias uartes, c i w b I& - J O ~ ,de terreno w e se vende, tiene un area de 400 a 600 metros 5 ~ 1 7 drados por lo que en cas0 de aue el Xrrrimensor Contra!lst& ;I determinar la medida exacta de dicho solar sz comi-irvebe , I gtin excedente en dicha h a total. el niismo serj ainqtado PP- gun el urecio estinulado t'v 6 s i ( % ~ ,yp T': >$ 12.00 e] metro cuadrado. OCTAVO : Las partes aceptan todas [as estipulaciones dei preserile coiitrato y para lo IIO previsto ex1 el riiisrno se ~emiicn a1 derecho com6n. Administrador General de Eienes Nacioiialea Agrc;ri. Rafael 11 Rims, -13% la Republica L)ominicana, a 10s 2S dias del nies ct3 marm A i ' :a '3 w i ~ irovecientos setenta y seis (1976). -Y 1.; 1 A C OSGRE SO Xi1 CIONAI. Hn Noinbre de la Republica:

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona