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El Estado bajo la lupa

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Resolución

Resolución 539

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LAS ESCUELAS DE LA O & M, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 nov de 1976fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 9418Gaceta Oficial

Contraparte y monto

Contraparte
ESCUELAS DE LA O & M, C. POR A (empresa)
Monto
RD$141,811 · en el texto: «RD$141,810.90»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
, . Resuluci6n Nq 689, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado i)erninho y Las Esciielas de la 0 & M, C. por A. (G. 0. No 9418, del 2.2 de Diclembre de 1976) EL COWGRESO NA4CIOXAL En NomWe de la Repiiblica. __. _I. NUNMERO 539 R E S U E L V E : UNICO: APROEAlI el Contmic de Venta suscrito e::trc~ el Estzdo Domiiiicano, debidanlente representado en este acto por el Admii?’stracic~ Gemral de Riews h’aciona!es, Agrcn. 1Za- €Re1 M. Rivas y Las Escuelas de la 0 82 M, C. por A., por su Pre- sidenk y Adminisirador General Dr. Jose Rafael Abirindc: , pctr inedio del cual el primero traspasa a las segundas a tftuf!1 cir venla, m a porcifii de terreno con apea de 3,444.00 meiro3 cuac’rados, dentro de la parce’a NQ 3---B-Ref. -E (Parte;. dc‘ I h t i ’ i t ~ Catasiral K* 2, del Distr:to Naciona’i, .situa;la dentr, clcl Centro dc 10s Elkroes de Constanza, Rlaim6n y Estero 1101;- do. La. presente y)erac:6n d ~ , compl*a-veat;a :i?ii!cluye a[lem:s i:),; rnejoras edificadss s o h e dicha porci6n de terreno, coiisislct>I + en una casa 2e blocks. techada de concreto. de dos pIant3s: 118‘~* ?ij duma total de Rl)$l41.810 90: qur copi24la 2 IC le!ra .3ic*. : i El F;stado Dominicano debidamente reprewntaio en est dCbo pur e] Administradoy General de Bieiies Nacionales, L\grrr RaJael 11. Rivas, dumin.cano, niayoi. de edad, casado, fu'? 1.c10:i.,- lqjo publico, de 6ste domicilio y residencia, portador de la c6du- ntif!caciCn personal NQ [cédula], con selln a1 di; , tluie.ij act& t li c rtud (le las disposiciones contenidas en el !'(I- der t,% fecha 18 de mayo de 1976, expedidb por el Poder Ej".ci,- civo, que 10 faczlta psra el otorgamiento del presente docun&- to, de una parte; y de la otra parte, Las E'scue'as de la 0 & AQ, C. por A., instituci611 dceente de estudios superiores nrganizt- da y existente de conformidad con las leyes de la Rephblica D b - minicma, con su doni'ciIio y asienlo social en esta ciudad de Santo Dotningo de Guzmhr?, DIstrito Nacional, Capital de !a Repfiblica Dominicana, debidamente representado para todos 13: fines y consecuencias del preseiite acto por HI presidente y Ad- ministrador General, Dr. JosC Rafael Abinwer, dominicaw, mayor de edad, casado, abogado, domciiliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cBdula de identificacibn personal No [cédula] con sello diai. qe hs coiivenido v pactado el Riguiente: PRIMEMI: El Estad Dorniwcai~o, representado como se ha indicado m8s arrha, Vende, Cede y Transfiere, con t 4 0 s las garantias de derecho, libre de cargas y gravfimenes, en favor de Las Escuelas 0 LE 11, C. por A., quien acepla, por intermedin de si1 representante, 14 inmueble que eo describe a continm cicin : "Una. porci6n de terreno con area de 3,444.00 metros cua. drados, dentro de la parcela NO 3-B-Ref.-B(Parte), del Ditl- trito Catastral NP 2, del D'strito Nacional, situada dentro del Centro de 10s Heroes dc Constanza, Mairnon y Estero H~udo con 10s sigt7;iecte.s 1ind:ros y medidas: AI Norte, Avenida Inde- pendencia, doride m:de 44.00 m e t m lineales ; a1 Este, calie Francisco de TJtwra. pol- donde mide 82.00 metros lineaieu; a! -193J- ,Sur, Galit Nespaldo tiel Li~tilo, JOY doiiik inicie 42.00 metros 11" iieales; y a1 Oeste, resco de la rnisnia parcelil, por donde micie 82.00 metros lineales." h presente operacion de Comprz-Venta incluye adernaa 1a.s Pnejoras edificadas sobre dicha porciori de terreno, consis- teates en una casa de blocks techada de concreto, de dos pian- k S . SEGUNDO: El pecio convenido y pactado entre las par- ies contratantes p ira la presente operacion de colnpra-veiita, ha sido por la suma de RD$141,810.90 (ciento cuarentiun 1161 ochoc'entos diez pesos or0 con 90/100), pagadero en la siguien- t+ forma: a) La suma de RD9;28,362.18 (veintiocho mil tres- cientos setentidos pesos or0 con P8/1001, correspondiente a1 20% del valor de vents, como pago inicial, pagada por la firma compradora mediante el recibo NQ 0293444, de fecha 20 de maJw de 1976, expedido por el Colector de Rentas Internas, de est2 ciudad, suma por la cual el Estado Dominicano otorga en favor de Las Escuelas de la 0 Ji M, C. por A., formal recibo de des- cargo y carta de pago en forma legal; y b) El balance restante. ascendente rz la canlidad de RD$113,448.72 (ciento trece inij cuatrocientos cuarentiocho pesos or0 con 72/ loo), en 108 men. sualidades consecutivas, la primera por valor de RD$l,O5O.S'i (mil cincuenta pesos OY'O con 57/100), y las restantes a r~z61, de RD$1,050.45 (mil cincuenta pesos or0 con 45/100), cada litla hasta la total cancelacihn de la deuda. TERCER0 : Queda expresameiite estaldecido entrc ias par- tes, que el Ijresente contrato yuedara gravado con UII yrivile- gio del veldedor no pagzdu en hvor del Estado Dominhuo, por la suma de RLXJ 13,448 72 (ciento trece mil cuatrocientos cuarentiocho pesos or0 con 72/100), de conformidad con lo dia. puesto por el Art. 2103, del C6digo Civil. En consecuencja, LAS Escuelas de la 0 8 AI, C. por A., autoriza y requiere del Regis- trador de Titulos del Distrito Nacional, la inscripci6n del rcfe. rid6 privilegio. CUARTO: La faita de pago de trea (3) mensualidades consecutivas, hará perder al gozador el beneficio del término acordado y ejecutable el privilegio consintido mediante el presente documento. QUINTO: El Estado Dominicano justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto del presente contrato, en virtud del Certificado de Título N° 62--2587, expedido en su favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. SEXTO: Queda expresamente estiplecido entre las partes contratantes, que el presente contrato será sometido al Congreso Nacional, para su aprobación, en vista de que el inmueble a que el mismo se contrae tiene un valor que excede de los RD$20,000.00 (veinte mil pesos oro), en virtud de lo dispuesto por el Art. 55, de la Constitución de la República. SEPTIMO: Las partes contratantes aceptan de buena fé todas las estipulaciones del presente contrato, y para lo no previsto en el mismo se remiten al derecho común. HECHO Y FIRMADO, en dos (2) originales de un mismo tenor, uno para cada una de las partes contratantes, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 20 días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y seis (1976). POR EL ESTADO DOMINICANO: Agrón. Rafael H. Rivas, Administrador General de Bienes Nacionales. POR LAS ESCUELAS DE LA O & M, C. POR A. Dr. José Rafael Abinader. Presidente y Administrador Gral. Yo, Or. 1iafael Acosta Ca'urai, Abuyado Notario PtiibUci:, de 10s del numero para el Disirito Nacxmal, CERTlFlCO Y UOY FE: Que yor ante mi comparecieron 10s seiiores Agr6n. Rafael H. Rivas y Dr. Jose Rafael Abinader, de caliciades y generales que constan, persouas a quienee conozco y me iiaji uiecla~ado bajo la Sk del juramento, que lad firmas que anteLL.- den, puestas por ellos, en mi presacia, son 1% mismas qi:? ;t:ostumbran a mar en todos sus actos, canto publicos conlo privados. En la ciudad de SanCo Domingo de Guzman, D;striro Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s 20 dias del IWR de mago. del aiio mil novecientos setenta y seis (1976). Ur. Rafael Acosta Cabral, Abogado Notario Piiblico. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Con- greso Nachnal, en Santo Domingo de Guzmhn, Distrito Nacn- nal, Capital de !a Republica Dominicana, a 10s doce dias az!. mes de octubre del aiio mil novecientos setenta y seis; a5os 1339 de la Independencia y 1149 de la Restauracibn. Adriano A. Uribe Silva, Presiclente. Alejandro Jose Namis, Secretario Ad-Hoc. Juan Rafael Peralta PBrez, Secretario Ad-Hoc. DADA en la Sala de Sesiones de la CLimara de Diputadoy Pa!acio del Congres. Naclonal, en Santo Dnmingo de CazmQn, I)istr*tct Nacional, Capital de la Republica L)wr.inicsna, 9 10s nueve dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos se- w tanta y seis: aiiios 1339 rl*. i.c lndependencia y 1149 de la Rea- t auracibn. Atilio A. Gazrnan Fernandez, Presidente.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona