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Resolución

Resolución 502

QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y EL SR. JACOBO MAJLUTA AZAR Y EL BANCO ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 nov de 1976fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9416Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
EstaGo nominictino 27 4 Si. iacobo Majluta Aznr

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Kesolucidn NQ 502, que apruebo el Contrato suscrito entre el EstaGo nominictino 27 4 Si. iacobo Majluta Aznr y el Banco Central de la Rcpizblica Dominicana (G 0. NO 9416, d I 8 ' Dtc;emE,Le de 19'76; NUMERO 502 VISTO: el iiiciscr 10 de1 Articulo :/7 ile la Constitwitin (12 ici *Repitblica; casado con la señora Ana Elisa Villanueva, empleado privado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], provisto de la cédula de identificación personal [omitida], Registro Electoral Nº 1316315, quien en lo adelante se denominará LA PRIMERA PARTE; por otra parte, el Estado Dominicano, debidamente representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, Agrón. Rafael H. Rivas, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, domiciliado y residente en [domicilio omitido], provisto de la cédula de identificación personal [omitida], Registro Electoral Nº 296285, quien actúa en virtud de las disposiciones contenidas en el Poder Especial de fecha 12 de marzo de 1973, expedido por el Poder Ejecutivo, que lo faculta para el otorgamiento del presente documento, quien en lo adelante se denominará LA SEGUNDA PARTE; y por la otra parte, el Banco Central de la República, debidamente representado por el Dr. Diógenes H. Fernández, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], Registro Electoral Nº 376446, quien en lo adelante se denominará LA TERCERA PARTE, en su calidad de Gobernador de dicha institución bancaria, interviniendo dicho Banco Central de la República Dominicana a los fines de este contrato, en virtud del citado Poder Especial, así como del Decreto Nº 2901, de fecha 8 de noviembre de 1972, expedido por el Poder Ejecutivo, y de los Decretos Nos. 2125 y 2126, dictados por el Poder Ejecutivo en fecha 3 de abril de 1972. Entre dichas partes se ha convenido y pactado el siguiente: CONTRATO: PRIMERO: LA PRIMERA PARTE, señor Jacobo Majluta Azar, por medio del presente contrato, VENDE, CEDE Y TRAXSlQXi3, con todas las garantias de d'erecho, libre de car- ~,xj y gravanienes, en faker de LA SEGUNDA PARTE, el ~ - t;'clo Doni aicanu, quien acepta, poi- intcrmedio de su represen- t nte, el jnmueblc c!uu se describe a contmuac,ol1: ],a uarcc~i,~ h ' 25--I3 del Uistrito Catastral NQ 9. del Mil- i.icipio y Provii,;:l;t de Puerto Plata, Sitio de San Marcos, y BUS i t;ene una extension suprfkial de 20 (vc i:ir)i (cuarentidos) Areas, 04 jcuatro) Centike c,luivalentes a a?$. i? Tareas, con 10s siguientes linderos : -1i Xorie, parwl:, NO 25--A J- Oc&ano At Bntico; a1 Este. OcBani Sur, parcela NO 26 y carreteia f 1-peiGn :rela N9 25-A. La Pnrnera Parte, sefior Jacobo fitajluta Azar, justifica su derecfio 6,: yropied;d sobre el inniueLle objeto d ~ l presznte contrato. '11 tud del Certiiica:lo de 1'if:do NO IQ6, expedido e11 $11 !'a,'), por el Registrador d * ~ Ti?iuios del Distrito Nacional." :iri qr~:to e,l forma le;:il ell favor de la SEf2UND.A PARTE, el 2:,qisdo L i o ~ i ~ i ~ ~ i o , 4‘ 6ste (LA SEGUNDA PARTE, el Estacio Donii:i’cano, be itorga el mismo Piniqu to y descargo en Eavor de la TERCERA PARYE, el Banco Central de Ia Republica. Dominicana. por dicho valor. t :UAX’l‘r): Act iircee constar de manera expresa que el Ban. co Ceniral dc Sephbiica Dominicana, wkb menta del pago de toda clase de impuestos, derechos, tasas y contribuciones, na- ciona1es y munic pales y en general de toda carga contribut;va que incida sobre sus bienes u operaciones, de conformidad con las disposiciones dei Articulo 79, de la Ley Orghica del Barxo Central de la Repitblica Dominicana, Nq 6142, de fecha 29 de diciembre de 1972. QUINTO: E? inmueble cfiescr-to precedentemcnte ha siclo xiquirido ta11-0 poi 1>. ,SE‘GUNDA PARTE, el Estado Domiiiic:l- m, mnio yor 1,A TEI:CEXA P’ARTY, e’ Banco Central de la Re pGkA‘ca Dominicana, d e LA PRIAIERA PARTE, el sefior Jacob(, Maj!uta Azar, paw S:F destinado 11 proceso de desarrollo del Polo Tnristico de Puerto Plata SEXTO : Queda exlresamenle establecido entre las partes contratmtes, que t 1 presente contrato debe ser sometido a1 Con- 9ie.o Nacional, j>nPa su aprobaci6n, ell vista de que el iximuebict a yuc el mismo ze contrac, t‘ene un vtt-or que excede de RDF- 20,000.00 (Veinte Alii Pesos Oro), de conlormidad con las dis. onsiciones con.tcnirlas en el Articulo 55. 1nc:so 10 de 13 Cons!G P u c i t ~ c‘e la Rerniblka Dommicana. SEPTIMO: Las partes contratantes aceptan de bL1en.t i e f0da-s :a: rstipulaciones del presente contrato, y para 10 no . t.C J - ) , - Y~F,T?~O ce rmiten al dexecho cornf~m I T 1,rC?7-T(i 4, 1’ FIRMADO, en tpes ( 3 ) oriqfnales dc un rii ,<- ~ ; I O tenor, urm para cads una de las partes contratarites, c:i I:. &dad de Sonto Doming0 de Guzniin, Dintrito Nacional, Capi- PlCIMERA PARTE;. (SEGUNDA PARTE). Agr6n. Fafael H. Riws. Administrador General de Bienes Nacionales. t TERCERA PARTE) !h. Di6gene.s H. FernBncle; Gobernador. d i a del x e s de rio\iembr:e del aiio mil riovecienlos setenta 5 cuatro (1974). Dra. Bine111 Ramirez Perez. .$hogado Notario Ptlbhco, UADA ell !s daia. de besiolie:; del ;~CPML!O, L'aiaclu del G - , ~ I - grew Wacional, en Santo Domingo de Guznian, Distrito Nacio I nal Capital de la Eepfiblica Domin'cana, a 10s seis dias del rnes de octubre del aiio mi1 novecientos setenta y seis; siios 1339 la Independenria T- 11 19 de la Restauracih. Adriano A. Uribe Silva, Presidente. Antonio Josh Lalane. Secretaim. Atilio A. Guzmiin Fernfindaz. Presidente. xIir.'nm h r t e nfoiites de Oca, Secretaria. JOAQLrlN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicam JOAQUIN BALAGUEH PbiUlVlERO 503 U’NICO: PRU2RQG*iR pur sesc’ita (e{)) &as, a contar aci 14 de noviembre del afio en curso la, actiial Leg:slatura Ordii3,i ria iniciada e11 16 de agosto de 1976.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona