Texto de la norma
del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración, y 29º de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y ocho, años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 5053, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el Central Barahona.
G. O. Nº 8317, del 27 de diciembre de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5053
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Local Pro-Busto al Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Trujillo de la provincia Barahona, para que se le autorice a erigir un busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el Central Barahona.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1914, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Local Pro-Bus-
to al Padre de la Patria Nueva, Generalisimo Trujillo, de la provincia Barahona, a erigir un busto en bronce del Generalisimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el Central Barahona, como justiciero homenaje del sentir de todos los habitantes, agradecidos por los incontables beneficios recibidos del eximio Conductor del Pueblo Dominicano.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
José Ramón Rodríguez, Presidente.
Opinio Alvarez Mainardi, Secretario.
Luis Ruiz Monteagudo, Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración, y 29º de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera, Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C., Secretario.
Julio A. Cambier, Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y ocho, años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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