Texto de la norma
Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 51 inciso 2º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho; años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 5015, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de una tarja (monumento) en Higüey, como justiciero homenaje al Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva.
G. O. Nº 8295, del 21 de Octubre de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5015
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro Homenaje al Ilustre Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva del Municipio de Higüey, Provincia de la Altagracia, para que se le autorice a erigir un Monumento consistente en una tarja de bronce que recoja el párrafo del brillante mensaje dirigido al pueblo por el insigne Jefe, el día 16 de agosto, referente a la pronta terminación de la Basílica de Nuestra Señora de la Alta-
gracia, y la total transformación del Municipio de Higüey, esta tarja será colocada en un pedestal de mármol que se levantará en aquel Municipio.
VISTA la Ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril del 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO:— Autorizar al Comité Pro Homenaje al Ilustre Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva del Municipio de Higüey, Provincia de La Altagracia, a erigir un Monumento consistente en una tarja de bronce que recoja el párrafo del brillante mensaje dirigido al pueblo por el insigne Jefe, el día 16 de agosto, referente a la pronta terminación de la Basílica de Nuestra Señora de La Altagracia, y la total transformación del Municipio de Higüey, esta tarja será colocada en un pedestal de mármol que se levantará en aquel Municipio, como justiciero homenaje de reconocimiento y lealtad de los habitantes de Higüey al insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
José Ramón Rodríguez, Presidente.
Augusto Peignand Cestero, Secretario.
Opinio Alvarez Mainardi, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera, Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C., Secretario.
Julio A. Cambier, Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho, años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.