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Resolución

Resolución 4972

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA LOS ACTOS REALIZADOS POR EL PODER EJECUTIVO DURANTE EL AÑO 1957, ASI COMO EL ESTADO DE RECAUDACION E INVERSION DE LAS RENTAS FISCALES DURANTE EL MISMO AÑO DE 1957.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ago de 1958fecha
Otrastipo
G. O. 8280Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Resolución N° 4972, del Congreso Nacional, que aprueba los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1957, así como el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el mismo año de 1957. G. O. N° 8280 del 31 de Agosto de 1958. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NÚMERO 4972 VISTOS los Acápites 2 y 19 del artículo 38 de la Constitución de la República Dominicana, y el Acápite 2 del artículo 78 de la misma. VISTO el resultado del exámen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1957, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año; VISTO el Estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los Fondos del Presupuesto de 1957, el cierre de las operaciones del 31 de diciembre de 1957, sometido al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje N° 14148 de fecha 20 de julio del año 1958. VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1957; c - /ox - C()NSIDERI-\NDO : Que todos 10s actos realizndos pol. ~ o d c r Ejecutivo duiwite el aiio 1957, asi coin0 la recao- (laCi()I, e inversi()n de las relitas nacionales, se ha11 ajusta- <to 3. la Conslitucion p las Leyes; R E s 17 r< I, v I.: : A r t . 1.-Ayrobar todos 10s actos realizados por el PO- tier Ejecutivo durante el ado l%i, por ser ajustados a la Constitncicin y las Leyes. Art. 2 .-AI#RROBAR iguahneiile, coil vista del inforniz presentado por la CAina1.a dc Clientas, el bhtaito dc Ke- caudacicin e InversiOn de las Rentas Fiscales durante r.1 zfio 1957. DADA en la Sala de Sesioiieh de It1 Ch3lill.a de Uipu- tados, Palacio tiel Congreso Nacioiial, en Ciuciad Truj~llo, 1)istrito Nacioiid, Capital de la Republica Dominicana, a 10s c4iir.o dias del iiics t l ~ nqosto del :)no lnil noveciei~toh cincu~nta y ocho; Aiios 113" tlc I;i Intlepencter~c~a !j5" tie In Restairi.ncitin p 29" de la F:ra de Ti*iijiIIo, Milrino E. iiaceres, Vicepresiden te cn f~lnr~iones cie LJresi<lpnte. Pablo Otto Heriihtfez, Secretwio. Oliinio Alvarez RIainel di, Scc1.e ta l.10 " Ley No 497& que modific:l el articulo 9 de 1.t Ley No. IY65, del 2.: de Aaobto d~ 1937. (. . 0 . Iz ' 8274, del If; (le :igo.;to de 193s. E L CON(;RESO xAcroivu En iVom brc de lu Rrpii hlica 11'4 1lAI)O I A S1GI 1b:Y'l'f.: L E Y : -~ NIJRLmO 497s UNICO.-Se iiiodifica cl arliculo !) c k la Ley N" 13i.1, del 23 de agosto de 1937, reformado por la Ley Nu 425, del M de qovienibre de 1943, para que se lea en la sfguiente for- ma : "Art. 9..-Niiigun enibaryiie tie azucar hacia el exteriol' podra ser efecluado sin que 10s iiiteresados soliciteii y oh- tengan el col.res])oiitliente perniiso de la ComlslGn de De- fensa del Azucnr y l~onienlo dc l : ~ (:ah, tlebiendo espresa;. wida solicitud : a ) Nombre del buquc que lomar6 el ernbarclue; b) 'I'odos 10s tlelalles rela tivos al despacho; c ) Cantidatl, envase y peso de cada clase, asi conio el nu- 111erO de toneladas metricas y el valor representados 130" dicho embarque; y d) {',ualeaquiera otros dalos clue les fueren requeridos . La CoinisiGii de Ilefensa del Xziicar y Pornento cle la Cafia expedira esos pcrniisos de1ili.o de 10s liinites de las cuotas fisignadas a cads empresa azucarera, debiendo lle- var lltl regisiro especial que demucstrc en tocio mnnic*nio el moviiniento de 10s embarques de aziicar, para fines de inforniaci6n v control. pirrafo.-La Comisihn de Defensa del Axucar y Po- m m t o de la Calia dispondrii todo Io relativo R IR forma y

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona