Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Resolución N° 4972, del Congreso Nacional, que aprueba los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1957, así como el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el mismo año de 1957. G. O. N° 8280 del 31 de Agosto de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NÚMERO 4972
VISTOS los Acápites 2 y 19 del artículo 38 de la Constitución de la República Dominicana, y el Acápite 2 del artículo 78 de la misma.
VISTO el resultado del exámen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1957, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año;
VISTO el Estado de Ingresos y Egresos consolidados y demostración del superávit económico de todos los Fondos del Presupuesto de 1957, el cierre de las operaciones del 31 de diciembre de 1957, sometido al Congreso por el Presidente de la República con su Mensaje N° 14148 de fecha 20 de julio del año 1958.
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1957;
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- /ox -
C()NSIDERI-\NDO : Que todos 10s actos realizndos pol.
~ o d c r Ejecutivo duiwite el aiio 1957, asi coin0 la recao-
(laCi()I, e inversi()n de las relitas nacionales, se ha11 ajusta-
<to 3. la Conslitucion p las Leyes;
R E s 17
r< I, v I.: :
A r t . 1.-Ayrobar
todos 10s actos realizados por el PO-
tier Ejecutivo durante el ado l%i, por ser ajustados a la
Constitncicin y las Leyes.
Art. 2 .-AI#RROBAR iguahneiile, coil vista del inforniz
presentado por la CAina1.a dc Clientas, el bhtaito dc Ke-
caudacicin e InversiOn de las Rentas Fiscales durante r.1 zfio
1957.
DADA en la Sala de Sesioiieh de It1 Ch3lill.a de Uipu-
tados, Palacio tiel Congreso Nacioiial, en Ciuciad Truj~llo,
1)istrito Nacioiid, Capital de la Republica Dominicana, a
10s c4iir.o dias del iiics t l ~
nqosto del :)no lnil noveciei~toh
cincu~nta y ocho; Aiios 113" tlc I;i Intlepencter~c~a
!j5" tie In
Restairi.ncitin p 29" de la F:ra de Ti*iijiIIo,
Milrino E. iiaceres,
Vicepresiden te cn f~lnr~iones
cie LJresi<lpnte.
Pablo Otto Heriihtfez,
Secretwio.
Oliinio Alvarez RIainel di,
Scc1.e ta l.10 "
Ley No 497& que modific:l
el articulo 9 de 1.t Ley No. IY65, del 2.: de
Aaobto d~ 1937. (. . 0 . Iz ' 8274, del If;
(le :igo.;to de 193s.
E L CON(;RESO xAcroivu
En iVom brc de lu Rrpii hlica
11'4 1lAI)O I A S1GI 1b:Y'l'f.: L E Y :
-~
NIJRLmO 497s
UNICO.-Se
iiiodifica cl arliculo !) c k la Ley N" 13i.1,
del 23 de agosto de 1937, reformado por la Ley Nu 425, del
M de qovienibre de 1943, para que se lea en la sfguiente for-
ma :
"Art. 9..-Niiigun
enibaryiie tie azucar hacia el exteriol'
podra ser efecluado sin que 10s iiiteresados soliciteii y oh-
tengan el col.res])oiitliente perniiso de la ComlslGn de De-
fensa del Azucnr y l~onienlo dc l : ~
(:ah, tlebiendo espresa;.
wida solicitud :
a ) Nombre del buquc que lomar6 el ernbarclue;
b) 'I'odos 10s tlelalles rela tivos al despacho;
c ) Cantidatl, envase y peso de cada clase, asi conio el nu-
111erO de toneladas metricas y el valor representados
130" dicho embarque; y
d) {',ualeaquiera otros dalos clue les fueren requeridos .
La CoinisiGii de Ilefensa del Xziicar y Pornento cle la
Cafia expedira esos pcrniisos de1ili.o de 10s liinites de las
cuotas fisignadas a cads empresa azucarera, debiendo lle-
var lltl regisiro especial que demucstrc en tocio mnnic*nio
el moviiniento de 10s embarques de aziicar, para fines de
inforniaci6n v control.
pirrafo.-La
Comisihn de Defensa del Axucar y Po-
m m t o de la Calia dispondrii todo Io relativo R IR forma y
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.