Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4949, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un Monumento (Pirámides Ciclópea,) al Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en el lugar denominado Valle de los Frailes. G. O. Nº 8267 del 26 de Julio de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4949
VISTA las solicitudes que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, han dirigido al Congreso Nacional los Comités Pro-Monumento del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, de los Municipios de Constanza y San José de Ocoa, para que se les autorice la erección de un Monumento (Pirámides Ciclópea) en el lugar denominado Valle de los Frailes, en la carretera General Héctor B. Trujillo Molina, en San José de Ocoa-Constanza.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio de 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar a los Comités Pro-Monumento del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva de los Municipios de San José de Ocoa y Constanza a erigir un monumento (Pirámide Ciclópea) en el lugar denominado Valle de los Frailes, en la carretera General Héctor B Trujillo Molina, como homenaje de gratitud y lealtad de los habitantes de dichos Municipios al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente.
Pablo Otto Hernández, Secretario.
Rafael Uribe Montás, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera, Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C., Secretario.
Julio A. Cambier, Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA,
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