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Resolución

Resolución 4920

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DEL GENERALISIMO DR. RAFAEL L. TRUJILLO MOLINA, EN EL DISTRITO MUNICIPAL DE VILLA TAPIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 may de 1958fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 8250Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Confederación de Trabajadores Dominicanos

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente. Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Porfirio Herrera, Presidente. Manuel Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2° de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de mayo del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Resolución N° 4920, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, en el Distrito Municipal de Villa Tapia. G. O. N° 8250, del 7 de Junio de 1958. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 4920 VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Trujillo, de Villa Tapia, para que se le autorice a erigir un busto en bronce sobre un pedestal de granito al Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, el Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, en el poblado del Distrito Municipal de Villa Tapia, Provincia de Salcedo. VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948. R E S U E L V E : ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo Trujillo, de Villa Tapia, a erigir un busto en bronce sobre un pedestal de granito del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, en el poblado del Distrito Municipal de Villa Tapia, Provincia de Salcedo, como justiciero homenaje de cariño y lealtad de dichos habitantes. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente. Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. Porfirio Herrera, Presidente. Manuel Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de al República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Resolución N° 4921, del Congreso Nacional, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado y la Confederación de Trabajadores Dominicanos, sobre donación de un inmueble propiedad del Estado. — G. O. N° 8246, del 24 de mayo de 1958. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona