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Resolución

Resolución 4886

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE AUTORIZA LA ERECCION DE UN BUSTO DEL GENERALISMO DOCTOR RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, EN LA ESCUELA CONSTRUIDA EN SANTIAGO, POR LA FIRMA DE J. ARMANDO BERMUDEZ. C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 abr de 1958fecha
Otrastipo
G. O. 8230Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución, que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y ocho: Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución N° 4886, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, en la Escuela construida en Santiago, por la firma de J. Armando Bermúdez. C. por A.— G. O. N° 8230, del 30 de abril de 1958. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY: NUMERO 4886. VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el señor William J. Reid Cabral, a nombre de la firma Ingenieros Arquitectos Reid Cabral, de esta ciudad, para erigir un busto del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en la Escuela que ha construido la firma J. Armando Bermúdez C. por A., en el Ensanche Benefactor, de Santiago, República Dominicana. VISTA la Ley sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos, N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948, RESUELVE: ARTICULO UNICO: Autorizar a la firma de Ingenieros Arquitectos Reid Cabral, de esta ciudad representada por el señor William J. Reid Cabral, a erigir un busto en bronce del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalisimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, en la Escuela que ha construído la firma J. Armando Bermúdez, C. por A., en el Ensanche Benefactor, de Santiago. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseís días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo. Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente. Pablo Otto Hernández, Secretario. Rafael Uribe Montás, Secretario. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo. Porfirio Herrera, Presidente. Manuel Joaquín Castillo C., Secretario. Julio A. Cambier, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República, PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos cincuenta y ocho, años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona