Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez,
Presidente.
Pablo Otto Hernández,
Secretario.
Rafael Uribe Montás,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo,
Porfirio Herrera,
Presidente.
Ml. Joaquin Castillo C.,
Secretario.
Daniel Henríquez V.,
Secretario ad-hoc.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2° de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución N° 4867, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de una tarja de bronce en el Municipio de Dajabón.— G. O. N° 8222, del 8 de marzo de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4867.
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de
Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Provincial Pro-Homenaje de los Contratista y Constructores al Generalísimo Trujillo, del Municipio de Dajabón, Provincia Libertador, para que se les autorice a erigir una tarja de bronce que recogerá sobresalientes párrafos del histórico discurso pronunciado por el insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, el día 25 de abril de 1931, en ocasión de su primera visita oficial al Municipio de Dajabón.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril de 1948.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO.—Autorizar al Comité Provincial Pro-Homenaje de los Contratistas y Constructores al Generalísimo Trujillo, del Municipio de Dajabón, Provincia Libertador, a erigir una tarja de bronce que recogerá sobresalientes párrafos del histórico discurso pronunciado por el insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, el 25 de abril de 1931 en ocasión de su primera visita oficial al Municipio de Dajabón, como justiciero homenaje de gratitud y lealtad de los habitantes de ese Municipio.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho; años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente.
Pablo Otto Hernández, Secretario.
Rafael Uribe Montás, Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y ocho;
años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Manuel Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Daniel Henríquez V.,
Secretario ad-hoc.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de febrero del mil novecientos cincuenta y ocho, años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4868, del Senado, que aprueba nombramiento diplomático.
G. O. Nº 8226, del 19 de marzo de 1958.
EL SENADO
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
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