Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
"Párrafo II.— Quedan exceptuados de las disposiciones del artículo 14 y siguientes de la presente rúbrica: "De los peones", todo trailers, trailers-vans, semi-trailers y chassis trailers que sean parte integrante del sistema de transportación denominado barcazas trailers o barcos trailers".
Art. 5.— Se agrega un párrafo al artículo 81 de la Ley Nº 4809, de fecha 20 de noviembre de 1957, sobre Tránsito de Vehículos, para que rija con el texto siguiente:
"Párrafo.— Quedan exceptuados de las disposiciones del artículo 81 y siguientes de la presente rúbrica: "De los importadores y traficantes de vehículos de motor", todo trailers, trailers-vans, semi-trailers y chassis trailers que sea parte integrante del sistema de transportación denominado barcazas trailers o barcos trailers".
DADA y PROMULGADA por el Triunvirato, en el Palacio Nacional, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121º de la Independencia y 101º de la Restauración.
Publíquese en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
Resolución No. 326, del Triunvirato, que aprueba un contrato firmado entre el Estado Dominicano y el Sr. Carlos E. de León, sobre exploración y explotación de petróleo en territorio nacional.
(G. O. No. 8845, del 18 de Julio de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
En Nombre de la República
NUMERO 326
VISTO el artículo 55, inciso 9, y el artículo 38, inciso 20, de la Constitución de la República;
VISTO el contrato de fecha 26 de junio de 1964, mediante el cual el Estado Dominicano, representado por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, otorga en favor del señor Carlos E. de León el derecho de exploración y explotación en territorio nacional, dentro de una área aproximada de 388.165 hectáreas, conforme a las estipulaciones que se consignan en dicho contrato;
RESUELVE:
UNICO.- Aprobar el contrato de fecha 26 de junio de 1964, mediante el cual el Estado Dominicano, representado por el Secretario de Estado de Industria y Comercio otorga en favor del señor Carlos E. de León el derecho de exploración y explotación en territorio nacional, dentro de una área aproximada de 388.165 hectáreas, conforme a las estipulaciones que se consignan en dicho contrato, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.