Texto de la norma
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3476.
NUMERO 98.
En virtud de los poderes de que me hallo investido:
CONSIDERANDO: Que la JUNTA NACIONAL COLOMBINA, creada por el Decreto del 11 de Octubre del año 1892 se ha extinguido casi totalmente por la defunción de la mayor parte de sus miembros;
CONSIDERANDO: Que es conveniente iniciar de nuevo los trabajos en favor del propósito de glorificación del Descubridor de la América que sirvió de objeto a la creación de la referida JUNTA,
RESUELVO:
Art. 1.— Designar los siguientes miembros de la JUNTA NACIONAL COLOMBINA:
El Secretario de E. de Relaciones Exteriores como Presidente; el Señor Arzobispo de Santo Domingo, Presidente Honorario; el Jefe de Cancillería y Director del Protocolo, Secretario; Vocales: El Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, los Gobernadores de Provincia y los Señores siguientes:
Dr. Manuel de J. Troncoso de la Concha
Horacio Vasquez
Federico Velázquez Hernández
Lic. Fco. J. Peynado
Lic. Andrés Julio Montolío
Lic. C. Armando Rodríguez
Lic. Domingo Rodríguez Montaño
Lic. Jacinto R. de Castro
Lic. Alejandro Woss y Gil
Dr. Eduardo Soler
W. E. Pulliam
Dr. Fernando A. Defilló
Miguel Angel Gautier
Jaime R. Vidal
S. Michelena
José M. Batlle
H. R. A. Grieser
Tulio M. Cestero
Domingo Hernández
Joaquín García Do Pico
Luis E. Delmonte
Manuel de Moya
Arsenio Freites
Miguel Angel Recio
Arturo Pellerano Sardá
Art. 2.— La JUNTA NACIONAL COLOMBINA queda capacitada para elegir entre sus vocales los cargos de Vice-Presidente y Tesorero de la misma.
Art. 3.— La JUNTA NACIONAL COLOMBINA queda autorizada a crear sub-Juntas en donde y cuando lo juzgare conveniente.
Comuníquese y Publíquese.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de Octubre de 1923, años 80° de la Independencia y 61° de la Restauración.
J. B. VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la
República Dominicana.
El Secretario de Estado de
Relaciones Exteriores,
A. Morales.
Registrado al L. K Nc. 18.
Manl. de J. Lovelace,
Jefe de Cancillería y Director del
Protocolo.
El Secretario de Estado de
Fomento y Comunicaciones,
Octavio A. Acevedo, Ing. Civil
Registrado Libro A. No. 13.
E. Montaño hijo,
Oficial Mayor.
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