JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3391.
NUMERO 13.
EN VIRTUD DE LOS PODERES DE QUE ESTA INVESTIDO EL GOBIERNO PROVISIONAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA Y CON EL ACUERDO PREVIO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 2 DEL ENTENDIDO DE EVACUACION,
RESUELVE:
Conceder al Ferrocarril Central Dominicano, de los fondos del Tesoro Nacional no destinados a otras atenciones, un préstamo de VEINTE MIL PESOS ($20.000.00), para atender a gastos de su administración que no han podido ser cubiertos con sus entradas regulares.
Este préstamo deberá ser reembolsado a la Tesorería Nacional en el plazo de 90 días a contar de la fecha de la entrega del préstamo indicado, o tan pronto como lo permitan los ingresos del Ferrocarril Central Dominicano.
Los Secretarios de Estado de Fomento y Comunicaciones y de Hacienda y Comercio, quedan encargados de la ejecución de esta Resolución en lo que a cada uno concierne.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte y ocho días del mes de Diciembre del año mil novecientos veinte y dos.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendada:
Eladio Sánchez.
Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.
Refrendada:
Octavio A. Acevedo,
Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona