Texto de la norma
Resolución N° 340, que declara la Construcción de la Presa de Valdesia obra de interés Nacional.
(G. O. N° 9096, del 30 de Agosto de 1968)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 340
CONSIDERANDO: Que el actual gobierno que preside el Dr. Joaquin Balaguer, ha demostrado especial interés en propiciar la construcción de la importante obra Presa de Valdesia;
CONSIDERANDO: Que la construcción de la Presa de Valdesia es una ingente obra de interés nacional que tiende a rescatar del marasmo y de la más íncua pobreza porque atraviesan la mayoría de los olvidados pueblos sureños de la República;
CONSIDERANDO: Que el sur tiene también sus tradiciones y sus inmarcesibles glorias, y bien merece la construcción de esta hermosa obra;
RESUELVE:
UNICO: APROBAR: QUE SE DECLARE LA CONSTRUCCION DE LA PRESA DE VALDESIA OBRA DE INTERES NACIONAL.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de junio del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 105° de la Restauración.
Patricio G. Badia Lara, Presidente.
Domingo Porfirio Rojas Nina, Secretario.
Victor Manuel Ramírez Abreu, Secretario Ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún día del mes de agosto del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
Adriano A. Uribe Silva, Presidente,
Yolanda A. Pimentel de Pérez, Secretaria.
Fernando Hernández Pérez, Secretario,
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y ocho, años 125° de la Independencia y 106° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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