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Resolución

Resolución 18

QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PRESTAMO, SUSCRITO EN FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 1978, ENTRE LA REPUBLICA DOMINICANA Y UN GRUPO DE BANCOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 dic de 1978fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9494Gaceta Oficial del 1 ene de 1978
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
UN GRUPO DE BANCOS. (empresa)
Monto
US$65 millones · en el texto: «US$ 65,000,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No.18, que aprueba el Contrato de Préstamo, suscrito en fecha 20 de diciembre de 1978, entre la República Dominicana y un grupo de Bancos.- EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República: NUMERO 18 VISTOS los incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 20 de diciembre del año en curso, en Nassau, Bahamas, entre la República Dominicana, representada por el Secretario de Estado de Finanzas, en virtud del Poder otorgado a su favor en fecha 19 de diciembre de 1978, y un Grupo de Bancos, constituídos por THE CHASE MANHATTAN BANK, THE ROYAL BANK OF CANADA, THE BANK OF NOVA SCOTIA Y EL BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, actuando como agente, The Chase Manhattan Bank (National Association), Institución Bancaria con su domicilio establecido en la Ciudad de Londres, Inglaterra, en virtud del cual el aludido Grupo de Bancos se compromete a otorgar al Estado Dominicano un préstamo por la Suma de SESENTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$65,000,000.00), destinado en su totalidad a pagar las cuotas vencidas y no pagadas, en principal e intereses, por concepto de diferentes préstamos concedidos en moneda extranjera a varias instituciones y organismos del sector público. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Préstamo suscrito en fecha 20 de diciembre del año en curso, en Nassau, Bahamas, entre, la República Dominicana, representada por el Secretario de Estado de Finanzas, en virtud del Poder otorgado a su favor en fecha 19 de diciembre de 1978, y un Grupo de Bancos, constituidos por THE CHASE MANHATTAN BANK, THE ROYAL BANK OF CANADA, THE BANK OF NOVA SCOTIA Y EL BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, actuando como Agente, The Chase Manhattan Bank (National Association), institución bancaria con su domicilio establecido en la Ciudad de Londres, Inglaterra, en virtud del cual el aludido Grupo de Bancos se compromete a otorgar al Estado Dominicano un préstamo por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 65,000,000.00), destinado en su totalidad a pagar las cuotas vencidas y no pagadas, en principal e intereses, por concepto de diferentes préstamos concedidos en moneda extranjera a varias instituciones y organismos del sector Público; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona