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Resolución

Resolución 244

QUE APRUEBA EL TRATADO SOBRE DELIMITACION DE AREAS MARINAS Y SUBMARIANAS, SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REP. DOMINICANA Y LA REP. DE VENEZUELA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ene de 1981fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 9548Gaceta Oficial del 1 ene de 1981
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
REP. DE VENEZUELA

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
ANTONIO GUZMAN Presidente de la Repdblica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artlculo 55 de la Constitucibn de la Repdblica; PROMULGO la presente Resolucih, y mando que sea publica- da en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a lcs quince (15) dias del mes de enero del afio mil novecientos ochenta y uno; &os 1370. de la Independencia y 1180. de la Restauracidn. ANTONIO GUZMAN Rss. No. 244, que apnfeba el Tratado sobre Oelimitacidn de Areas Marina y Submari- na, suscrito entre IM Gobiernot de la Rep. Oominicana y la Rep. de Venezuela. G. 0. NO. 9548, del 15 de enero de 1981 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repitblica NUMERO: 244 VISTO: El Inciso 14 del Articulo 37 de la Constitucibn de la Repdblica; VISTO: El Tratado de Delimitacih de Areas Marinas y Sub- marinas, suscrito entre 10s Gobiernos de la Republica Domini- cans y la Repdblica de Venezuela en fecha 3 de marzo de 1979. R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Tratado sobre Delimitacidn de Areas Marinas y Submarinas suscrito en fecha 3 de marzo de 1979 entre el Estado Dominicano, represenkdo por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, Senor Ram6n Emilio Jimdnez y la RepQblica de Venezuela, reprem tada por el Ministro de Relacio- nes EXteAores, Senor Sirn6n Albert0 Consalvi; el Tratado dispone que las lineas de delimitacibn marttimas fijadas por el mismo constituyen 10s llmites entre la Re&blica Domhicana y la Rep& blica de Venezuela, de las plataformas continentales, las zonas econbmicas exclusivas o desquiera dreas marinas o submarinas que hayan sido o que pudieren ser establecidas por las partes. La delimitacidn maritima entre la Republica Dominicana y Venezuela de acuerdo con el anexo texto, estd determinado por las lineas geod&icas que unen 10s puntos descritos en el Articu- lo 20. del Tratado, identificados mediante coordenadas geogrd- ficas definidas por latitudes y longitudes, segh Datum de Norte An6rica 1927, elipsoide Clarke 1866; que copiado a la letra dice asi:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona