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Resolución

Resolución 357

QUE APRUEBA EL ACUERDO Y SU ANEXO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO DOMINICANO Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 sept de 1981fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 9565Gaceta Oficial del 1 ene de 1981
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Organización de las Naciones Unidas (organismo)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución No. 357, que aprueba el Acuerdo y su anexo suscrito entre el Estado Dominicano y la Organización de las Naciones Unidas. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 357 VISTOS: Los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO: El Acuerdo y su anexo, suscrito en fecha 31 de marzo de 1981, entre el Estado Dominicano y la Organización de las Naciones Unidas; RESUELVE: UNICO: APROBAR el Acuerdo y su anexo, suscrito en fecha 31 de marzo de 1981, entre el Estado Dominicano, representado por el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Representante Permanente de la República Dominicana ante las Naciones Unidas, señor Rafael Molina Morillo y la Organización de las Naciones Unidas, representada por el Secretario General Adjunto de Asuntos Económicos y Sociales Internacionales, señor Jean Ripert, por medio del cual el Primero se compromete a proporcionar, a sus propias expensas locales y espacios adecuados para instalar la sede del Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer, establecido mediante la Resolución No. 31/135 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de fecha 16 de diciembre de 1976. De conformidad con el anexo Acuerdo, el Gobierno Dominicano se compromete a equipar los mencionados locales y a hacer una contribución anual en moneda de la República Dominicana al Fondo Fiduciario de las Naciones para el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer, cuyo monto será convenido anualmente entre nuestro Gobierno y las Naciones Unidas. Los funcionarios de las Naciones Unidas que presten servicios oficiales al Instituto, gozarán de las prerrogativas e inmunidades establecidas en los Artículos V y VII de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, aprobada por la Asamblea General de dicho Organismo, el 13 de febrero de 1946 y a la que nuestro Gobierno se adhirió en fecha 7 de marzo de 1947. El texto Acuerdo entrará en vigor tan pronto se notifique a las Naciones Unidas que el mismo ha sido aprobado por el Congreso Nacional y su duración será hasta el 31 de diciembre de 1985. A mas tardar un año antes del vencimiento del Acuerdo, las partes entablarán consultas con miras a continuar su mutua cooperación; que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona