Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Resolución No. 262, que aprueba el Memorandum de Entendimiento y sus anexos, suscrito entre el Estado Dominicano y los Gobiernos de Canadá e Israel.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO: 262
VISTOS: Los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTO: El Memorandum de Entendimiento y sus anexos, suscrito en fecha 27 de noviembre de 1980, entre el Estado Dominicano y los Gobiernos de Canadá e Israel;
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Memorandum de Entendimiento y sus anexos, suscrito en fecha 27 de noviembre de 1980, entre el Estado Dominicano, representado por los señores Agrón. R. Hipólito Mejía D., Secretario de Estado de Agricultura, Secretario Ejecutivo del FEDA, y Agrón. Eligio A. Jáquez C., Director General del IAD, y los Gobiernos de Canadá e Israel, representados por los señores C. O. R. Rousseau C. C., Embajador, y Rahamin Timor, Embajador, por medio del cual se establecen las bases para la ejecución de un proyecto tripartita consistente en la realización de un asentamiento ganadero y el establecimiento de una planta procesadora de leche y una fábrica de alimentos balanceados en el Valle de Azua, Provincia de Azua, el
cual formará parte integral del Proyecto de Desarrollo Rural Yaque del Sur-Azua (YSURA), contribuyendo a la consolidación del mismo, a fin de que resulte económicamente viable. El proyecto a realizarse contempla, entre otras cosas: a) Establecer en la región un complejo de ganadería lechera que aumentaría los ingresos de los agricultores y crearía nuevos empleos; b) Mejorar al máximo el uso de tierras cultivables mediante la introducción de irrigación de plantas forrajeras como parte de un plan global; c) Ayudar a integrar a los habitantes del Valle de Azua, al proceso de desarrollo económico y social de la República Dominicana; d) Establecer un sistema de procesamiento, refrigeración y comercialización de la leche; e) Abastecer de leche a las comunidades del Valle con miras a mejorar el régimen alimenticio de la población, especialmente de los niños; y f) Desarrollar con el apoyo del Centro de Investigación Aplicada a Zonas Aridas (CIAZA), una unidad adecuada de producción ganadera en el Proyecto YSURA, para ampliar la investigación aplicada en campos afines. La contribución del Gobierno de Canadá a la ejecución del proyecto se realizará en la forma de un donativo, cuya cantidad no excederá de tres millones cuatrocientos mil dólares Canadienses ($3,400,000.00), los cuales serán utilizados de la manera siguiente: a) Adquisición en Canadá, del material y equipo necesario para el proyecto, incluyendo materiales y equipos para la cría de ganado, maquinaria agrícola, gastos de semen y de la inseminación artificial, vehículos, pequeños equipos varios y la compra de ganado; b) Prestación de servicios de personal de ayuda técnica canadiense durante todo el proyecto o parte del mismo, entre cuyos servicios se encuentren el de administradores, vaqueros, veterinarios, agrónomos, técnicos lecheros y de otro tipo, consultores y otros especialistas; y c) Pago parcial de los servicios a largo plazo de un experto israelí durante sesenta (60) meses/hombre. La contribución del Gobierno de Israel al proyecto no excederá de trescientos treinta y tres mil dólares Canadienses ($333,000.00), cantidad ésta que será desembolsada en forma de servicios del personal técnico y cursos de capacitación durante la implementación del proyecto. La contribución de la República Dominicana al proyecto no será inferior a la suma de RD$2,968,963.00 equivalentes a tres millones cuatrocientos ochenta y dos mil dólares Canadienses ($3,482,000.00) y consistirá en lo siguiente: a) El suministro de
servicios de veterinarios, ayudantes veterinarios, agrónomos, administradores, consultores y otros especialistas dominicanos; b) Obras de irrigación, construcción de instalaciones lecheras y de otro tipo; c) Suministro de espacio de oficina, material de oficina, vehículos (incluso su servicio y operación) y otras instalaciones y equipo de apoyo que se pueda considerar necesario; d) Construcción de carreteras, residencias, obras hidráulicas, escuelas, red de distribución eléctrica, dispensario y otras infraestructuras logísticas y sociales; e) Reembolso al DCI del costo de desplazamiento internacionales y viáticos del personal técnico israelí a corto plazo; f) Costo de desplazamiento de estudiantes dominicanos entre la República Dominicana e Israel; y g) Suministro de otro equipo, materiales, artículos o servicios necesarios para la ejecución de este proyecto que no estén incluídos en las contribuciones de Canadá o Israel tal y como se mencionan en los párrafos 4 y 5 del anexo Memorandum de Entendimiento; que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.