Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
lesoluciin Nu. 99, que aprueba e1 Contrato de Pt.Bstrmo y tll Anexo suscrito entre
S Ertldo Dominicano y el Kreditanrtllt fir Wderaufbw j (Inrtibrto de Crddito
para la Recomt~cciin).
I(G. 0. No. 9519 4el 31 de dieiembre de 1979)
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EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repdblica
NUMERO: 99
VISTOS: 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Consti-
tuci6n de la Repbblica;
VISTO: el Contrato de PrCstamo y su Anexo, suscrito en fecha
7 de diciembre de 1979 entre el Estado Dominicano, representa-
do por el Administrada General de la Corporaci6n Dominicana
de Electricidad, Ing. Guillenno Paniagua, y el Kreditanstalt fiir
Wiederaufbau : (Instituto de Ckdito I para la Reconstrucci6n), de
Frankfurt/Main, Alemania, por medio del cual este filthno otor-
ga a nuestro pais, un prestarno por la suma de DM1 5,000,000.00
(QUINCE MILLONES DE MARCOS ALEMANES), que serh
traspasados a la Corporaci6n Dominicana de Electricidad para
ser destinados exclusivamente a1 pago de 10s costos de divisas
que resulten de la adquisicih de bienes y servicios para la reha-
bilitaci6n del sector energetico. De acuerdo con las disposiciones
del contrato, el Estado Dominicano deber4 traspasar el monto
del prestamo a la Corporacibn Dominicana de Electricidad me-
diante un contrato por separado como aporte financier0 no
reembolsable. Este traspaso es un requisito previo al primer
desembolso con cargo a1 prestamo por la mencionada instituci6-n.
R E S U E L V E :
UNICO: APROBAR el Contrato de Prestamo y su Anexo, sus-
&to en fecha 7 de diciembre de 1979 entre el Estado Dominica-
n% representado por el Administrador General de la Corporaci6n
Dminicana de Electricidad, Ing. Guillermo Paniagua, y el Kre-
ditanstalt ftir Weideraufbau (Instituto de Cr6dito para la R e
construcci6n), de Frankfurt / Main, Alemania, por medio del
mal este dltirno otorga a nuestro pais, un prdstamo por la suma
de DMI 5,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE MARCOS ALE-
. _ _ _-
MANES), que sedn traspasados a la Corporaci6n Dominicana de
Electricidad para ser destinados exclusivamente a1 pago de 10s
costos en divisas que resulten de la adquisici6n de bienes y ser-
vicios para la rehabilitacibn del sector energktico. De acuerdo con
las disposiciones del contrato, el Estado Dominican0 debera
traspasar el monto del prestamo a la Corporacibn Dominicana de
Electricidad mediante un contrato por separado como aporte
financier0 no reembolsable. Este traspaso es un requisito previo
a1 primer desembolso con cargo a1 prestamo por la mencionada ,
institucibn; que copiado a la letra dice asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.