Texto de la norma
Resolución Nº 329, que aprueba los Actos efectuados por el Poder Ejecutivo, así como el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales, durante el año 1967.
(G. O. Nº 9089, del 10 de Julio de 1968)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 329
VISTO el artículo 37 de la Constitución de la República, atribución segunda del Congreso Nacional;
VISTO el resultado del exámen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1967, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las memorias de los Secretarios de Estado que lo acompañan, el 27 de febrero de este año;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1967;
CONSIDERANDO: que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1967, así como la recaudación e inversión de las rentas nacionales, se han ajustado a la Constitución y las leyes;
R E S U E L V E :
Art. 1.—APROBAR todos los actos efectuados por el Poder Ejecutivo durante el año 1967, por estar ajustados a la Constitución y las leyes.
Art. 2.—APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1967.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés
días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración.
Adriano A. Uribe Silva,
Vicepresidente en funciones,
Yolanda Pimentel de Pérez,
Secretaria.
Alberto Dimayo M.,
Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración.
Patricio G. Badía Lara,
Presidente.
Domingo Porfirio Rojas Nina,
Secretario.
Jesús María García Morales,
Secretario Ad-hoc.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República;
PRÓMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de julio del mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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