Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Resolución No. 209, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado Dominicano y el Sr. Miguel Antonio Matos.
G. O. No. 9545, del 31 de diciembre de 1980
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO: 209
VISTO: el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTO: el Contrato de Venta suscrito entre el Estado Dominicano y el señor Miguel Antonio Matos, de fecha 4 de julio de 1978.-
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Contrato de Venta suscrito en fecha 4 de julio de 1978, entre el Estado Dominicano, debidamente
señor MIGUEL ANTONIC MATOS, quien acepta, el inmueble que se describe a continuación:
"Una porción de terreno con área común de 2,200 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 103-Pte., del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en el apartamento marcado con el No. 2-1 (2da. planta) del edificio No. 1, construído de blocks y concreto, ubicado en la Prolongación Avenida "27 de Febrero" de esta ciudad, entre la Avenida Bahoruco y la Calle Caonabo, con los siguientes linderos: al Norte, edificio No. 2 y Parcela No. 103-resto; al Este, resto de la misma Parcela; al Sur, Avenida 27 de Febrero; y al Oeste, resto de la misma Parcela."
SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre las partes para la presente venta, ha sido por la suma de RD$28,000.00 (VEINTIOCHO MIL PESOS ORO M/N), la cual será pagada en la siguiente forma: La suma de RD$3,000.00 (TRES MIL PESOS ORO M/N), pagada como inicial por el comprador, según recibo No. 465249, de fecha 3 de julio de 1978 expedido por el Colector de Rentas Internas de esta ciudad, y el resto o sea la suma de RD$25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS ORO M/N), en mensualidades consecutivas de RD$75.00 (SETENTICINCO PESOS ORO M/N), hasta la total cancelación de la deuda.
TERCERO: La falta de pago de tres (3) mensualidades consecutivas, hará perder al deudor el beneficio del término acordado.
CUARTO: EL ESTADO DOMINICANO, justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto del presente Contrato, en virtud del Certificado de Tftulos No. 64-5447, expedido en su favor por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.
QUINTO: Queda expresamente establecido entre las partes que el presente Contrato debe ser sometido al Congreso Nacional para su aprobación en vista de que el inmueble a que el mismo se contrae tiene un valor que excede de RD$20,000.00, en virtud de las disposiciones del Art. 55, inciso 10 de la Constitución de la República.
representado en este acto por la Administradora General de Bienes Nacionales, LIC. MARIANA BINET MIESES, y el señor MIGUEL ANTONIO MATOS, por medio del cual el primero traspasa al segundo a título de Venta una porción de terreno con área común de 2,200.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 103-Pte., del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, y sus mejoras consistentes en el apartamiento marcado con el No. 2-1, (2da. planta) del edificio No. 1, construído de blocks y concreto, ubicado en la Prolongación Avenida "27 de Febrero" de esta ciudad, entre la Avenida Bahoruco y la calle Caonabo, valorado por la suma total de RD$28,000.00; que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.