Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 4232, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato suscrito entre el Estado y el señor Ernest Gerstein, sobre la fabricación de sombrillas y brassiers.—G.O.No. 7894, del 5 de octubre de 1955.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4232.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día 21 de julio del año 1955, intervenido entre el Estado Dominicano y el señor Ernest Gerstein, por el cual éste se compromete a establecer en el país en el plazo de dos meses, dos nuevas industrias mecanizadas, una para montar sombrillas y la otra para confeccionar brassiers, y a vender los productos de dichas fábricas, con un descuento de un 20% sobre precio que rija en el mercado para los artículos importados de igual calidad.
RESUELVE:
UNICO: Aprobar el contrato suscrito el día 21 de julio del año 1955, intervenido entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor Manuel Resumil Aragunde, Secretario de Estado de Industria, Comercio y Banca y el señor Ernest Gerstein, por el cual éste se compromete a establecer en el país en el plazo de dos meses, dos nuevas industrias mecanizadas, una para montar sombrillas y la otra para confeccionar brassiers, y a vender los productos de dichas fábricas, con un descuento de un 20% sobre el precio que rija en el mercado para los artículos importados de igual calidad, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.