Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4220, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto de Don José Trujillo Valdez, en la ciudad de Azua.—G.O.Nº 7868, del 3 de agosto de 1955.
EL CONGRESO NACIONAL
En nombre de la República
NUMERO 4220.
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes ha dirigido al Congreso Nacional
el Comité Pro-Erección de un Busto a don José Trujillo Valdez y Embellecimiento de la Avenida del mismo nombre de la provincia de Azua, para que se le autorice a erigir un busto a Don José Trujillo Valdes, en la avenida del mismo nombre en aquella ciudad.
VISTAS las leyes sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley Nº 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783 del 28 de abril del 1948.
RESUELVE:..
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto a don José Trujillo Valdez y Embellecimiento de la Avenida del mismo nombre en la Provincia de Azua, a erigir un busto en bronce de Don José Trujillo Valdez en la Avenida de ese mismo nombre, en aquella ciudad, como justiciero homenaje al prestante caballero y legislador, progenitor del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva Generalísimo Trujillo y del Honorable Señor Presidente de la República, General Héctor B. Trujillo Molina.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
El Presidente: Porfirio Herrera.
Los Secretarios: Pablo Otto Hernández, J. Furcy Pichardo, Secretario ad hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y cinco; Año del Benefactor de la Patria; años 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral, Presidente.
Julio A. Cambier, Secretario. José García, Secretario.
HECTOR BTBNVENIDO TRUJILLO MOLlNA
Presidente de la Republica Dominkana
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo
49, inciso 30, de la Constitucidn de la Rep~blica;
PROMULGO la presente Resolucibn, y mando que sea publi-
cada eii la Gaceta Oficial para si1 conocimiento y cumplimiento.
D-4DA en Giudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dominicana, a 10s veintid6s dias del ines
de julio de mil novecientos cincueiita y cinco, Afio de! Bene-
fxtui" de la Patria, 1120 de !a Independencia, 920 de la 'Restau-
mci6n y 260 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resoluci6n Ncl 4221, de la CBiiiaia de Dipuii:ii.los, que autorim a1 Ayunta-
miento de la Comth (le Santrago Ilodriguez a donar la porci6n de terrene
c!oiide f u 6 Lonktiuido el PalaLio dcl Par titlo l)omiiiicaiio.--G
0 N'i 7881,
rlc: 8 tlc septicnibre de 1955.
LA CAMARA DE DlPUrAIl03
DE LA
REPUBLICA DOMINICAXA
h'UMERO 4221.
Vista la Resoluci6n votada por el Ayuntamiento de la C h -
mun de Santiago Rodriguez, de fecha treinta del mes de junio
del aiio 1955, que copiada a la letra dice asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.