Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución No. 4822; del Congreso Nacional; que autoriza la erección de un Busto del Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina; en el Municipio de Pimentel.—G. O. No. 8203 del 8 de Enero de 1958.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 4822
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Pimentel, para que se le autorice a erigir un busto del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina en la población de Pimentel.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Pimentel, a erigir un busto en bronce del Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, como justiciero homenaje de lealtad de los habitantes del Municipio de Pimentel.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez,
Presidente.
Pablo Otto Hernández,
Secretario.
Rafael Uribe Montás,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Ml. Joaquín Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA,
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