jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 4800

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y LA INDUSTRIA NACIONAL DEL VIDRIO C. POR, A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 nov de 1957fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 8785Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
INDUSTRIA NACIONAL DEL VIDRIO C. POR

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución N° 4800, del Congreso Nacional, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado y la Industria Nacional del Vidrio, C. por A.—G. O. No. 8185, del 15 de noviembre de 1957. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 4800 VISTO el inciso 20 del artículo 38 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día veintiséis de septiembre del año mil novecientos cincuenta y siete; entre el Estado Dominicano, representado por el señor J. Furcy Pichardo, Secretario de Estado de Industria y Comercio y el señor Elías Gadala Maria, por virtud del cual éste último se obliga a ampliar y organizar las instalaciones, maquinarias y el equipo general de la fábrica para la manufactura de botellas y otros artículos de vidrio situada en San Cristóbal, a fin de que en un periodo de no más de dieciocho (18) meses, a contar de la promulgación por el Poder Ejecutivo de la Resolución del Congreso Nacional que aprobara dicho contrato, se encontrará dicha fábrica en capacidad de producir, como mínimo, 750,000 botellas mensuales, y, en un período que no exceda de treintiseis (36) meses, a contar de la misma promulgación, la fábrica esté en capacidad de producir, como mínimo 1,500,000 botellas mensuales, de los tipos que se usan para envasar licores nacionales, mejorando la calidad y presentación de esos envases. RESUELVE: UNICO.—Aprobar el Contrato suscrito el día veintiséis de septiembre del año mil novecientos cincuenta y siete; entre el Estado Dominicano, representado por el señor J. Furcy Pichardo, Secretario de Estado de Industria y Comercio, y la Industria Nacional del Vidrio, C. por A., representada por el señor Elías Gadala Maria, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona