Texto de la norma
NUMERO 4792
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, de Esperanza, Provincia de Santiago, para que se le autorice a erigir un busto al Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en aquella Ciudad.
VISTA la Ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1941, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1941, modifi-
cada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948,
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, del Municipio de Esperanza, Provincia de Santiago, a erigir un busto al Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el Parque de Recreo de esa Ciudad, como justo homenaje de cariño y lealtad de los habitantes de esa localidad.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Carlos Sánchez i Sánchez, Presidente.
Rafael Uribe Montás, Secretario.
Rafael Andrés Ortega Peña, Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera, Presidente.
Ml. Joaquín Castillo C., Secretario.
Julio A. Cambier, Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento,
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y siete; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 4793; del Congreso Nacional; que autoriza la erección de un busto al Ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en el Municipio de Bayaguana.—G. O. No. 8188 del 22 de noviembre 1957.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
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